La SCJN ya despenalizó el aborto en Tlaxcala, por lo cual si un médico se niega a atenderte esto podrás hacer según los límites que fijó la nueva ley en el estado
Tras despenalizar el aborto en Tlaxcala, la Suprema Corte fijó nuevos límites para la objeción de conciencia y eliminó requisitos como la denuncia o la autorización del Ministerio Público. Estos criterios establecen qué debe hacer un hospital si un médico se niega a atender y cómo puede una persona exigir su derecho a recibir servicios de salud reproductiva sin barreras.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó varias disposiciones del Código Penal y la Ley de Salud de Tlaxcala, con lo que se despenalizó el aborto y se reforzó la obligación de las instituciones públicas de salud de garantizar el acceso a la interrupción legal del embarazo.
Esta resolución también aclaró los límites de la objeción de conciencia y qué debe ocurrir cuando un médico intenta negar o retrasar un servicio.La información de este texto proviene del comunicado oficial de la SCJN, donde se detallan los alcances de la sentencia.
Con esta decisión, el estado se ve obligado a eliminar barreras que antes impedían la atención inmediata, como el requisito de denuncia, la autorización del Ministerio Público (MP) y el consentimiento de personas tutoras.
Por ello, una duda común entre las usuarias es: ¿qué procede si un médico se niega a atenderme? Esta nota responde esa pregunta con base en lo dicho por la Corte, sin agregar información que la sentencia no contempla.
¿Qué cambió exactamente con la despenalización del aborto en Tlaxcala?
La SCJN determinó la invalidez de distintas disposiciones que penalizaban la interrupción del embarazo y obstaculizaban el acceso a la salud, lo que implica:
- El aborto deja de estar criminalizado de forma absoluta en Tlaxcala.
- La atención médica en casos de violencia sexual no puede depender de una denuncia previa.
- La interrupción del embarazo en los supuestos legales ya no requiere autorización del MP.
- Niñas y adolescentes pueden acceder a anticoncepción de emergencia sin consentimiento de padres o tutores.
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La Corte subrayó que estas barreras violaban derechos como la autonomía, la salud y el libre desarrollo de la personalidad.
¿Por qué la SCJN eliminó la exigencia de denuncia para recibir atención médica?
El Tribunal concluyó que condicionar la atención urgente al inicio de una investigación ministerial:
- desconoce la urgencia médica,
- ignora las barreras que las víctimas enfrentan para denunciar (miedo, estigmas, amenazas),
- agrava el riesgo para la vida y la salud,
- y genera desigualdad entre víctimas que pueden denunciar y quienes no.
Por ello, la atención debe brindarse de forma inmediata, especialmente cuando se trata de violencia familiar o sexual.
¿Qué decidió la SCJN sobre la autorización del Ministerio Público?
La Corte invalidó la regla que exigía autorización del MP para que hospitales públicos realizaran la interrupción del embarazo en los supuestos permitidos por la ley local.

Según la SCJN, esta autorización:
- vulneraba la autonomía,
- retrasaba un servicio que debe ser oportuno,
- aumentaba riesgos para la salud,
- e introducía un trato desigual y discriminatorio.
A partir de este fallo, los servicios deben practicarse gratuitamente y con calidad sin esperar intervención ministerial.
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¿Puede un médico negarse a atender por objeción de conciencia?
La SCJN declaró inválida la porción normativa que restringía el deber institucional solo a casos urgentes. Con ello, estableció un criterio central:
La objeción de conciencia no puede impedir que las instituciones garanticen la atención.
En términos prácticos:
- La objeción es individual, no institucional.
- Un hospital no puede negarse como conjunto.
- La institución debe asegurar personal disponible para realizar el procedimiento.
- La objeción jamás puede convertirse en excusa para retrasar o negar servicios de salud reproductiva.
Entonces… ¿qué puedo hacer si un médico se niega a atenderme?
Con base en lo dicho por la SCJN, una persona usuaria puede apoyarse en los siguientes pasos:
1. Solicitar atención con otro profesional dentro de la misma institución
Como la objeción de conciencia es personal, si un médico no puede o decide no realizar el procedimiento, la institución está obligada a asignar a otro profesional.

Esto aplica tanto para:
- interrupción del embarazo en supuestos permitidos,
- anticoncepción de emergencia,
- atención por violencia sexual,
- servicios urgentes donde la demora implica riesgo.
2. Recordar que no pueden exigir denuncia ni autorización del MP
La SCJN fue clara:
- No se necesita denuncia.
- No se necesita autorización ministerial.
Si un médico justifica su negativa alegando estos requisitos, puedes señalar que fueron declarados inválidos.
3. Exigir atención gratuita y de calidad
La Corte indicó que la interrupción del embarazo debe ser:
- gratuita,
- oportuna,
- y realizada con calidad.
Cualquier intento de retraso injustificado puede interpretarse como barrera inconstitucional.
4. Para niñas y adolescentes: no se necesita permiso de padres
Si una menor requiere anticoncepción de emergencia:
- no pueden pedir consentimiento de tutores,
- la atención debe ser inmediata.
La SCJN confirmó que esta medida protege a niñas y adolescentes de riesgos mayores.

5. Pedir a la institución que notifique a las autoridades si hay violencia
La sentencia establece que cuando una niña, niño o adolescente es víctima de violencia:
- la institución debe informar a Fiscalía y DIF estatal,
- sin retrasar la atención.
Esto garantiza protección sin generar barreras.
¿Qué obligaciones mantienen los hospitales tras el fallo?
Las instituciones públicas deben:
- Tener personal disponible cuando un médico objete.
- Brindar atención inmediata en casos de violencia.
- Proporcionar servicios sin exigir trámites eliminados.
- Garantizar igualdad y no discriminación.
Estas obligaciones son permanentes y derivan directamente de la sentencia.
¿La Corte eliminó mecanismos de protección para menores?
No.La SCJN aclaró que invalidar el consentimiento de tutores no significa eliminar protección, sino evitar retrasos que pongan en riesgo la salud de niñas y adolescentes.
¿En qué estados de México el aborto ya está despenalizado según el Código Penal?
- Ciudad de México (2007)
- Oaxaca (2019)
- Hidalgo (2021)
- Veracruz (2021)
- Baja California (2021)
- Colima (2021)
- Sinaloa (2022)
- Coahuila (2022, tras sentencia de SCJN)
- Baja California Sur (2022)
- Quintana Roo (2022)
- Aguascalientes (2023, por resolución judicial)
- Tlaxcala (2024, por sentencia de la SCJN)
¿Qué significa en la vida diaria de la ciudadanía?
Para una persona gestante o víctima de violencia en Tlaxcala, esta decisión implica que:
- No puede ser criminalizada por buscar una interrupción del embarazo.
- No debe enfrentar trámites judiciales para recibir atención.
- No puede ser rechazada por objeción de conciencia sin que la institución garantice el servicio.
- Puede solicitar anticoncepción de emergencia sin barreras.
- Debe recibir atención gratuita y con calidad.
Con ello, el fallo de la SCJN busca hacer efectivo el derecho a la salud y eliminar prácticas que históricamente han retrasado o negado atención urgente.
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