CURP Biométrica para menores: lo que los padres deben saber sobre el nuevo trámite
Desde el 13 de noviembre de 2025, el registro de la CURP Biométrica es obligatorio para menores de edad en México. Conoce los requisitos, el proceso y los plazos para realizar este trámite que incluye huellas dactilares, fotografía y registro de iris.

El registro de la CURP Biométrica para niñas, niños y adolescentes inició oficialmente en México el 13 de noviembre de 2025, tras cumplirse el plazo establecido en el decreto presidencial. Este nuevo documento de identificación, que incluye datos como huellas dactilares, fotografía del rostro e iris, es gestionado por el Registro Nacional de Población (RENAPO) y forma parte de la nueva Plataforma Única de Identidad .
¿Qué es la CURP Biométrica y por qué aplica a menores?
La CURP Biométrica es una versión mejorada de la Clave Única de Registro de Población tradicional. A diferencia de la credencial para votar del INE, que solo se expide a mayores de edad, este nuevo documento está dirigido a personas de todas las edades, incluyendo a los recién nacidos.
El objetivo declarado por el gobierno federal es que el RENAPO genere datos de identidad desde el nacimiento de cada persona. La Secretaría de Gobernación ha argumentado que “en todos los países hay identificación personalizada para los niños y niñas adolescentes y en nuestro país hace falta a los niños menores de 18 años”.

Requisitos y proceso de registro para menores
Para tramitar la CURP Biométrica de un menor, es indispensable que el padre, madre o tutor legal acuda personalmente con el niño o niña a uno de los módulos habilitados. El proceso tiene una duración estimada de 20 a 30 minutos por persona.
Los documentos necesarios para el trámite son:
- Acta de nacimiento del menor (certificada y actualizada).
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte) del padre, madre o tutor legal.
- CURP tradicional del menor, si ya cuenta con ella.
- Comprobante de domicilio con antigüedad máxima de tres meses.
- Correo electrónico activo del responsable.
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Durante el registro, se capturarán los datos biométricos del menor, incluyendo fotografía del rostro, huellas dactilares y escaneo del iris.
Fechas clave y disponibilidad
El trámite comenzó el 13 de noviembre de 2025, fecha que marcó el cumplimiento de los 120 días establecidos en el decreto publicado el 16 de julio del mismo año.
El registro se realiza en módulos instalados en oficinas del Registro Civil en al menos 24 entidades federativas. El gobierno federal ha anunciado que, en una segunda fase, el trámite también podrá realizarse de manera digital a través de la plataforma LlaveMX, aunque esta opción aún no está disponible para menores.
Protección de datos y marco legal
La creación de la CURP Biométrica se sustenta en las reformas a la Ley General de Población publicadas en julio de 2025. La normativa establece que la recolección y tratamiento de datos se realizará con consentimiento explícito y conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales.
No obstante, organizaciones de derechos digitales como R3D (Red en Defensa de los Derechos Digitales) han expresado preocupación sobre la centralización de datos biométricos en un contexto de “alta corrupción, frecuentes fugas de información y falta de controles independientes”. A diferencia de una contraseña, destacan que las huellas dactilares y el iris son datos permanentes que no pueden cambiarse si son vulnerados.
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Usos y proyección a futuro
La CURP Biométrica será obligatoria para realizar diversos trámites y acceder a servicios, tanto públicos como privados. Entre los usos que tendrá se encuentran:
- Inscripciones escolares en todos los niveles educativos.
- Acceso a servicios de salud del sistema público.
- Trámites bancarios y operaciones financieras.
- Inscripción a programas sociales gubernamentales.
- Procedimientos migratorios.
Se proyecta que, a partir de febrero de 2026, la versión biométrica será exigida de manera generalizada, dejando de aceptarse la CURP convencional para trámites que requieran verificación de identidad.
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