Deudores Alimentarios no podrán ni tramitar la licencia en Nuevo León tras la creación de Registro Estatal; estas son las otras restricciones que tendrán
Rodríguez Cantú subrayó la importancia de responsabilizar a los padres.

NUEVO LEÓN.- El gobierno de Nuevo León publicó el decreto para la creación del Registro Estatal de Deudores Alimentarios, listado en el que se incluirán los nombres de quienes incumplan con el pago de pensiones alimenticias para sus hijos.
La titular de Amar a Nuevo León, Mariana Rodríguez Cantú, informó que el padrón será integrado por el DIF estatal y administrado por el Poder Judicial, encargado de ejecutar sanciones que van de dos a cinco años de prisión, indicó Reporte Índigo.
“Gracias al trabajo en conjunto del Gobierno de Nuevo León, el DIF, el Congreso y las instancias de justicia, hoy se hace oficial el inicio de la creación del Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias.Este registro marca un antes y un después en la historia de la justicia familiar en Nuevo León y se enmarca en una lucha mucho más grande: la lucha contra todas las formas de violencia hacia las mujeres”, dijo.

Restricciones para deudores
Las personas inscritas en el registro no podrán tramitar o renovar su licencia de conducir, contraer matrimonio civil, ni realizar trámites de adopción.
Tampoco podrán aspirar a cargos de elección popular, ser concejales, postularse a vacantes de jueces o magistrados locales o participar en procesos de designación pública en organismos estatales o autónomos.
La normativa también prevé sanciones para funcionarios que busquen proteger a deudores alimentarios, mientras que quienes simulen ingresos menores para evadir el pago enfrentarán penas de hasta cinco años de prisión.
Protección de menores
Rodríguez Cantú subrayó la importancia de responsabilizar a los padres.
“Quién no honra a sus hijos y no cumple con lo más básico, que es su deber, de cuidar y sostener, no puede pedir confianza ni puede quedar impune. Porque una cosa es el divorcio, los problemas de pareja o cualquier otro asunto y otra muy diferente es lastimar a los hijos con su irresponsabilidad”, expresó.
La funcionaria indicó que negar el sustento afecta directamente el bienestar y desarrollo de niñas, niños y adolescentes.Explicó que cuando un padre incumple, “le niega lo esencial para vivir y su correcto desarrollo al afectar su salud, educación y oportunidades”.
Finalmente, hizo un llamado a la comunidad para garantizar la protección integral de la niñez en la entidad.
Deudores alimentarios
Desde 2011, el Sistema Jurídico Mexicano contempla el Registro de Deudores Alimentarios Morosos como un mecanismo para garantizar el cumplimiento del pago de pensiones alimenticias.
Este instrumento busca proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes mediante la identificación y control de quienes incumplen sus obligaciones legales.
¿Cómo funciona el registro?
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos opera en cada estado del país y está administrado por el Registro Civil o el Poder Judicial, según lo determine la legislación local.
Su finalidad es asegurar que las personas obligadas a brindar alimentos cumplan con dicha responsabilidad.
Creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
El 8 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias, detalló Justicia México.
Con esta reforma se creó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, cuyo propósito es concentrar información de personas con adeudos para dar “efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
Este registro será público, difundirá la calidad de deudor alimentario moroso y podrá expedir certificados de no inscripción a quienes lo soliciten.
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La “Ley 3 de 3” y la suspensión de derechos
En el mismo contexto, el 29 de mayo de 2023 fue publicado en el DOF el decreto que reformó los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta medida, conocida como “Ley 3 de 3” o “Ley 3 de 3 contra la violencia”, establece la suspensión de derechos o prerrogativas de ciudadanos declarados como deudores alimentarios morosos.
Con esta reforma, quienes se encuentren en esa condición no podrán registrarse como candidatos a cargos de elección popular, ni ser nombrados para empleos, cargos o comisiones del servicio público.
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