La nueva SCJN revoca el recurso de Presidencia y ordena transparentar información de la Marina
La Suprema Corte (SCJN) rechazó un recurso de la Presidencia de la República y ordenó transparentar información sobre mandos de la Marina.

CIUDAD DE MÉXICO.-En un fallo unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Presidencia de la República debe hacer pública información sobre mandos de la Secretaría de Marina, desestimando el argumento de que su divulgación pone en riesgo la seguridad nacional.
¿Qué sucedió?
El Pleno de la SCJN, por unanimidad de 8 votos, confirmó una resolución de 2022 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Dicha resolución ordenaba a la Consejería Jurídica de la Presidencia entregar a un particular la versión pública de 15 oficios que contenían:
- Nombres y adscripciones de almirantes y vicealmirantes.
- Datos sobre capacitación y adiestramiento de personal de la Secretaría de Marina (Semar).
La Presidencia, durante la administración del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, se había negado a proporcionar esta información, impugnando la decisión del INAI ante la Corte. Su argumento central era que divulgar estos datos comprometía la seguridad nacional y, por lo tanto, debía ser reservada, detalló el medio La Jornada.
El argumento central de la Corte: La información ya es pública
El fallo se basó en el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf. La Corte declaró infundados los argumentos de la Presidencia por una razón principal: toda la información solicitada ya es de dominio público.
La ministra Ortiz Ahlf explicó durante la sesión: “No comparto la idea de que... se advierta un riesgo a la seguridad nacional en este caso concreto. En este asunto debemos partir de un hecho incontrovertible: toda, toda la información contenida en los oficios ya es del dominio público e incluso en la mayoría de los casos fue publicada por las mismas autoridades”.
La Corte aplicó aquí un principio de sentido común: no se puede argumentar que información que ya está circulando en comunicados oficiales y notas periodísticas represente un riesgo actual para la seguridad nacional si se entrega a un particular.
Matices importantes del fallo
La decisión de la Corte no significa que cualquier dato sobre mandos militares deba ser siempre público. El proyecto aclara puntos:
- Caso por caso: El fallo subraya que cada solicitud de información debe evaluarse de manera individual. No establece un precedente absoluto de que los nombres y adscripciones de los mandos navales nunca puedan ser reservados.
- La “Teoría del Mosaico”: La Presidencia alegó este principio, que sostiene que pequeñas piezas de información aparentemente inofensivas, al unirse, pueden revelar datos sensibles. La Corte consideró que, en este caso específico, como el “mosaico” ya estaba armado y publicado, la teoría no aplicaba.
Posturas de otros ministros
- Ministro Presidente Hugo Aguilar Ortiz: Aunque apoyó el proyecto, propuso un matiz práctico. Sugirió que se le debería permitir al funcionario de la Marina que, “bajo su más estricta responsabilidad”, valore qué datos específicos entregar. Es decir, que tache (teste) la información que sí considere aún sensible, incluso si partes de ella son públicas.
- Ministro Irving Espinosa Betanzo: Coincidió en el fondo al considerar que, aunque los argumentos de la Presidencia podrían ser fundados (válidos en teoría), resultaban inoperantes. Su lógica fue que, incluso si la Corte revocara la decisión del INAI, sería imposible restringir información que ya está publicada en diversos medios.
La abstención de una Ministra
La ministra María Estela Ríos González fue declarada legalmente impedida de participar en la discusión y votación. Esto se debe a que el recurso de revisión había sido interpuesto por ella en 2022, cuando se desempeñaba como titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia, el mismo órgano que ahora perdía el caso. Esta situación evitó un claro conflicto de intereses.
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