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Congreso de la CDMX aprueba reforma que obliga a scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas a portar placas y licencias para circular

Scooters y bicicletas eléctricas deberán tener licencia, placas y cumplir con reglas de tránsito

Congreso de la CDMX aprueba reforma que obliga a scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas a portar placas y licencias para circular

El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma que obliga a los dueños de scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos a portar placas y licencias para circular. Esta medida busca regular su uso y mejorar la seguridad vial.

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Vehículos incluidos en la nueva regulación

La ley define como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vepeme) a aquellos que cumplen con las siguientes características:

  • Tienen acelerador independiente.
  • Cuentan con dos o más ruedas.
  • Poseen un motor eléctrico.
  • Superan una velocidad máxima de 25 km/h.

Se clasifican en dos tipos:

  • Tipo A: Peso menor a 35 kg.
  • Tipo B: Peso entre 35 kg y 350 kg.

Los vehículos no motorizados (como bicicletas tradicionales o con pedaleo asistido que no excedan los 25 km/h) no están obligados a cumplir con estos requisitos.

¿Qué documentos necesitarán los conductores?

A partir de la entrada en vigor de la ley, los conductores de Vepeme deberán contar con:

  • Licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo.
  • Placas de identificación.
  • Casco de protección (obligatorio).

La Secretaría de Movilidad (Semovi) será la encargada de definir el costo de las licencias, los trámites necesarios y los lugares donde se expedirán.

¿Cuándo entrará en vigor esta medida?

De acuerdo con El Universal, el Gobierno de la CDMX tendrá 360 días, a partir de la publicación en la Gaceta Oficial, para ajustar los reglamentos de tránsito y movilidad. Sin embargo, el diputado Víctor Hugo Romo señaló que las modificaciones al Reglamento de Tránsito podrían estar listas en un mes.

Hasta entonces, los vehículos eléctricos seguirán circulando sin sanciones, según explicó la diputada Patricia Urriza.

¿Dónde podrán circular estos vehículos?

Según el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, los scooters y bicicletas eléctricas que superen los 25 km/h no podrán usar ciclovías ni banquetas, ya que representan un riesgo para peatones y otros usuarios. En esos casos, deberán ser tratados como motocicletas y circular por las calles con licencia y placas correspondientes.

Sobre la implementación de esta regulación

La jefa de Gobierno, Clara Brugada, afirmó que esta medida busca proteger a peatones y ciclistas, evitando accidentes en zonas peatonales. Además, permitirá un mayor control sobre estos vehículos, que actualmente circulan sin regulación clara.

  1. Publicación en la Gaceta Oficial (pendiente).
  2. Adecuación de reglamentos por parte de Semovi.
  3. Definición de costos y trámites para licencias y placas.
  4. Implementación de sanciones una vez que la ley entre en vigor.

Mientras tanto, los usuarios de estos vehículos deben estar atentos a los anuncios oficiales para cumplir con los requisitos en cuanto estén disponibles.

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