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Profepa actúa contra maltrato animal en Calkiní, Campeche: Detalles y sanciones

Denuncia ciudadana y acciones inmediatas de la Profepa.

Profepa actúa contra maltrato animal en Calkiní, Campeche: Detalles y sanciones

CALKINÍ.- El pasado 31 de julio, en el municipio de Calkiní, Campeche, se reportaron hechos preocupantes relacionados con el maltrato de fauna silvestre. Durante una festividad local, se introdujeron serpientes, iguanas y otros animales en cántaros de barro para que menores de edad los rompieran como piñatas.

Ante esto, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) inició acciones para prevenir y sancionar estos actos, garantizando el trato digno de la vida silvestre.

Después de una denuncia ciudadana, inspectores de la Profepa acudieron a la comunidad antes del evento para advertir sobre la prohibición de utilizar animales silvestres en dichas actividades. Sin embargo, los habitantes rechazaron la intervención y obligaron a los inspectores a retirarse.

Investigaciones penales y colaboración con autoridades

El 5 de agosto, la Profepa se reunió con la Fiscalía Especializada en Delitos contra Animales para iniciar investigaciones por posibles violaciones a los artículos 381, 382 y 385 del Código Penal de Campeche, que sancionan el maltrato animal.

Además, el 6 de agosto, la Profepa emitió un exhorto al Ayuntamiento de Calkiní para que cumpla con la Ley General de Vida Silvestre y su propio Bando Municipal (artículos 84 al 86), que obliga a las autoridades locales a colaborar en la protección del equilibrio ecológico.

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Posibles sanciones y responsabilidades

El caso también fue turnado a la Comisión de Derechos Humanos del Estado, debido a la participación de niños y adolescentes en una actividad que podría afectar su integridad.

Asimismo, se informará a la Comisión Especial para la Protección y Bienestar Animal del Congreso del Estado, ya que se investiga la posible participación de una diputada local en la organización del evento. De comprobarse, podría aplicarse el artículo 421, fracción V, del Código Penal, que sanciona a funcionarios que incurran en estos delitos.

Sanciones federales y protección animal

De acuerdo con el artículo 420 del Código Penal Federal, quien dañe ilícitamente ejemplares de flora o fauna silvestre podría enfrentar penas de 1 a 9 años de prisión y multas equivalentes a 300 a 3 mil días de salario mínimo.

La Profepa reitera que el uso de animales silvestres en espectáculos que les causen sufrimiento está prohibido y que la protección ambiental y el bienestar animal son responsabilidad de todos.

Compromiso de la Profepa y respeto a las tradiciones

La Profepa continuará dando seguimiento al caso, colaborando con las autoridades correspondientes para garantizar que los derechos de los animales y de la niñez sean respetados, sin dejar de reconocer las tradiciones comunitarias, siempre dentro del marco legal y de respeto a la vida silvestre.

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