Así serán asegurados en IMSS los trabajadores de plataformas digitales
La reforma entrará en vigor a partir del 1 de julio.

CIUDAD DE MÉXICO.- — A partir del 1 de julio de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pondrá en marcha una prueba piloto con el fin de incorporar a las personas trabajadoras de plataformas digitales —como repartidores y conductores— al Régimen Obligatorio del Seguro Social.
La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y busca cumplir con lo estipulado en los artículos 291-K, fracciones V y VI, de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Registro obligatorio para plataformas
Según el IMSS, las empresas que operan como plataformas digitales podrán elegir entre dos esquemas para cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad social: incorporarse plenamente al Régimen Obligatorio o apegarse a las nuevas reglas de esta prueba piloto.
Entre los requisitos establecidos, destaca que las plataformas deberán registrarse ante el IMSS como “empresa de plataforma digital”, obtener su registro patronal y determinar la clase y prima de riesgo que corresponda a las actividades de sus trabajadores.

Además, tendrán que inscribir a sus trabajadores desde el momento en que estos se registren en la plataforma, utilizando como mínimo el salario mínimo diario vigente en la Ciudad de México como base.
Obligaciones en caso de riesgo de trabajo
En caso de que ocurra un accidente o enfermedad laboral, será necesario reportar al IMSS las circunstancias del suceso, conforme a la normatividad vigente.
También se deberán identificar y registrar a todas las personas trabajadoras que estén sujetas a aseguramiento.
Asimismo, las empresas deberán informar dentro de los primeros cinco días naturales del mes siguiente si alguno de sus colaboradores ya no califica como trabajador de plataforma digital, y notificar tanto al IMSS como al propio trabajador.

Otra obligación importante será calcular, retener y enterar las cuotas obrero patronales “en los términos de lo establecido en los artículos 15 fracción III y 39 de la LSS respectivamente”.
Casos especiales de aseguramiento y recertificación
Cuando un trabajador de plataforma sufra un accidente y, durante el mes correspondiente, no haya generado al menos un salario mínimo mensual neto por sus actividades, seguirá siendo considerado como persona trabajadora de plataforma digital.
En ese caso, “el patrón con quien hayan sufrido el accidente o enfermedad de trabajo deberá cubrir el aseguramiento al Régimen Obligatorio del IMSS durante el lapso de las incapacidades por riesgo de trabajo, cubriendo las cuotas obrero patronales correspondientes”.
Si el salario base registrado resulta inferior al que realmente corresponde, el monto de la incapacidad deberá recertificarse tomando en cuenta el salario real.

Opción voluntaria para trabajadores independientes
Por otro lado, aquellos repartidores y conductores que no logren alcanzar el ingreso mínimo requerido serán catalogados como trabajadores independientes.
En esos casos, podrán optar por asegurarse de manera voluntaria en el IMSS bajo el régimen correspondiente para personas trabajadoras independientes.
Cómo obtener el Número de Seguridad Social
Para iniciar el trámite de aseguramiento, los interesados deberán contar con CURP, un correo electrónico y un domicilio.

El Número de Seguridad Social podrá gestionarse en línea a través del sitio web www.imss.gob.mx, la aplicación móvil IMSS Digital o acudiendo directamente a la subdelegación correspondiente.
Cálculo y pago de cuotas
Respecto a las cuotas, si el trabajador genera un ingreso mensual neto equivalente al menos a un salario mínimo mensual de la Ciudad de México, el salario base de cotización será el resultado de dividir el ingreso total del mes entre los días calendario del mismo.
Para calcular las cuotas obrero patronales, se utilizarán las reglas del régimen financiero aplicable a cada ramo de aseguramiento en el Régimen Obligatorio. Dichas cuotas deberán pagarse a periodo vencido y a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Pensionados no pierden su beneficio
Los trabajadores de plataformas digitales que ya reciben una pensión del IMSS seguirán gozando de esa prestación, aunque se integren al nuevo esquema como trabajadores de plataforma digital.
Fecha de entrada en vigor
Las reglas generales para esta prueba piloto entrarán en vigor el 1 de julio de 2025, marcando un paso importante en el reconocimiento legal y social de quienes prestan servicios mediante aplicaciones digitales en México.

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