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IFT acusa que nueva Ley de Telecomunicaciónes viola el T-MEC por estos motivos

Contreras Saldívar señaló que el proyecto contiene disposiciones que entrarían en conflicto directo con el tratado.

IFT acusa que nueva Ley de Telecomunicaciónes viola el T-MEC por estos motivos

CIUDAD DE MÉXICO.- — Durante el arranque de los conversatorios en el Senado de la República sobre la propuesta de reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, el excomisionado presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Gabriel Contreras Saldívar, lanzó una advertencia contundente: de aprobarse tal como está planteada, la iniciativa contravendría compromisos asumidos por México en el acuerdo comercial T-MEC con Estados Unidos y Canadá.

Contreras Saldívar señaló que el proyecto contiene disposiciones que entrarían en conflicto directo con el tratado, particularmente con las obligaciones relativas a la protección de inversiones extranjeras.

Concretamente en el artículo 22, que es una norma genérica de protección de inversiones que tiene que ver con que el Estado no puede darle un trato preferencial a empresas propias que están compitiendo en el mercado”, enfatizó.

Fideicomiso del Instituto Federal de telecomunicaciones / Especial

Posibles afectaciones de la Ley Telecom, según T-MEC

A lo largo de su intervención, el especialista profundizó en las posibles afectaciones derivadas de la propuesta. Explicó que el capítulo 18 del T-MEC, dedicado a las telecomunicaciones, incorpora reglas particulares diseñadas para este sector, dada su complejidad histórica en México.

FOTO DE ARCHIVO: Un poste de telefónia móvil tras una torre de alta tensión en Rezé, Francia, el 14 de noviembre de 2022. REUTERS/Stéphane Mahé

De acuerdo con Contreras Saldívar, estas normas específicas también serían vulneradas si la ley se aprueba en sus términos actuales.

Enfatizó dos artículos clave:

Artículo 18.17, que regula la asignación de espectro radioeléctrico y hace hincapié en que estos procesos deben realizarse bajo principios de competencia; y Artículo 18.18, el cual establece que no se puede otorgar un trato preferencial basado exclusivamente en la identidad del propietario de la empresa.

Artículo 18.18, tiene que ver claramente de un trato que no se puede ser preferente únicamente en función de quién es el propietario de la empresa y aquí es claramente en la ley, pues es en función, de que el propietario es el Estado, no hay otro criterio de distinción”, subrayó el exfuncionario.

Su diagnóstico dejó sobre la mesa una preocupación de fondo: que la iniciativa, al favorecer a empresas estatales por encima de competidores privados, no solo desincentivaría la inversión extranjera, sino que además colocaría a México en una posición vulnerable ante posibles controversias comerciales en el marco del T-MEC.

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