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IMSS no prueba relación laboral vigente: nueva jurisprudencia protege a trabajadores

La resolución surgió de un caso en el que un trabajador acusó a su empleador de haberlo despedido sin justificación.

IMSS no prueba relación laboral vigente: nueva jurisprudencia protege a trabajadores

Ciudad de México.– A partir de este lunes, entró en vigor una nueva jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación que determina que la simple inscripción o permanencia de un trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no es prueba suficiente para desvirtuar un despido injustificado.

El criterio fue publicado el pasado 25 de abril en el Semanario Judicial de la Federación y será de aplicación obligatoria para todos los tribunales del país.

La resolución surgió de un caso en el que un trabajador acusó a su empleador de haberlo despedido sin justificación. El patrón presentó como única prueba de que el vínculo laboral continuaba el hecho de que el empleado seguía dado de alta en el IMSS.

Sin embargo, un tribunal colegiado concluyó que esa evidencia, por sí sola, no demuestra que la relación laboral siguiera vigente.

La jurisprudencia aclara que los movimientos afiliatorios en el IMSS, como las altas o bajas, son actos unilaterales del patrón y tienen efectos en el ámbito de la seguridad social, pero no necesariamente reflejan la realidad de una relación laboral.

Por ello, se exige que el empleador presente documentación adicional como recibos de nómina firmados, registros de asistencia o inspecciones laborales que comprueben la continuidad del trabajo.

Derecho laboral

Expertos en derecho laboral como Diego García Saucedo señalaron que este criterio es consistente con otras tesis previas que ya cuestionaban la validez del alta en el IMSS como prueba plena.

Recordó que anteriormente se utilizaba el argumento de que, al mantener dado de alta al trabajador, se demostraba buena fe por parte del empleador. Sin embargo, desde 2017 comenzó a cambiar esa visión.

Verónica Lida Martínez, abogada e investigadora de la Universidad Anáhuac, explicó que esta decisión refuerza la protección de los trabajadores, considerados un grupo vulnerable.

Agregó que distingue correctamente entre las obligaciones en materia de seguridad social y las que corresponden al ámbito laboral, donde la relación de trabajo debe demostrarse con pruebas específicas y no con actos administrativos unilaterales.

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Con esta jurisprudencia, el Poder Judicial busca garantizar un juicio más justo para los trabajadores que denuncian despido injustificado.

El criterio también recuerda a los empleadores que tienen la carga probatoria en estos casos y que deben documentar adecuadamente la relación laboral para evitar sanciones o reinstalaciones indebidas.

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