INE ordena el retiro de publicaciones en FB relacionadas a candidaturas
El colegiado determinó que será la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien analizará el tema.

Este sábado el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de su Comisión de Quejas y Denuncias, ordenó retirar publicaciones en Facebook que favorecían a candidaturas del Poder Judicial de la Federación.
De acuerdo a un comunicado, se considera que podrían generar inequidad en la contienda y utilizar financiamiento privado.
Las medidas cautelares se aplicaron a dos perfiles:
Justicia sin Barreras* (ya eliminado)
Amigos de Toro Burgos con la Ministra: Vinculado a la candidata Ingrid de los Ángeles Tapia Gutiérrez.
Lo que se encontró
Explicaron que se detectó que las publicaciones, realizadas antes del periodo de campaña, tenía un patrón de promoción pagada, incumpliendo la normativa electoral.
Dijo que se identificaron más de 24 publicaciones reiteradas entre el 10 de marzo y el 26 de abril de 2025.
Asimismo se ordenó a Meta Platforms, Inc. retirar el contenido y se solicitó a la candidata abstenerse de contratar espacios promocionales por terceros.

El otro perfil
Explicaron que en el caso de la candidata Yasmin Esquivel Mossa, no se adoptaron medidas cautelares porque el perfil Justicia sin Barreras ya había sido eliminado, considerándose hechos consumados.
El colegiado determinó que será la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien analizará el tema.
Finalmente, en la tercer queja, Lenia Batres Guadarrama, candidata a Ministra de la SCJN, denunció una publicación en la red social Facebook, en la que, señala que se le vincula indebidamente con sus actividades proselitistas del denunciado, así mismo por la vulneración al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, con motivo de la supuesta inclusión de personas menores de edad, en una de las imágenes de la publicación.
En este asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias consideró improcedente la adopción de medidas cautelares, porque el material denunciado, el texto alusivo a la quejosa, así como la imagen en la que se incluyó a personas presuntamente menores de edad, fue modificado y eliminado, por lo que se trata de hechos consumados.
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