Nueva prórroga del SAT para activar el Buzón Tributario: fecha límite hasta 2025
La fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025. De no hacerlo, los contribuyentes podrían enfrentar multas económicas.

México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una nueva prórroga para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario , una herramienta que busca facilitar la comunicación entre el fisco y los ciudadanos.
La fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025. De no hacerlo, los contribuyentes podrían enfrentar multas económicas.
El Buzón Tributario, implementado desde 2020, es un canal de comunicación que permite recibir notificaciones electrónicas sobre actos fiscales, trámites y programas de beneficios fiscales.
Su objetivo es simplificar y agilizar los procesos de interacción entre el SAT y las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Para habilitar el Buzón Tributario, los usuarios deben ingresar al sitio oficial del SAT (sat.gob.mx) y acceder con su RFC y contraseña, o mediante su e.firma vigente. Una vez dentro, deben registrar un correo electrónico y un número de celular, los cuales deberán ser confirmados en un plazo de 72 horas a través de un enlace de verificación enviado por correo o un código SMS al celular registrado.
¿Quiénes están exentos?
Es importante señalar que algunos contribuyentes están exentos de activar el Buzón Tributario, como las personas con situación fiscal cancelada o suspendida, aquellos sin actividad económica, y los asalariados cuyos ingresos anuales sean menores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
Activar el Buzón Tributario ofrece varios beneficios, como recibir notificaciones personalizadas, acceder a información oportuna sobre trámites, y contar con certeza jurídica en los actos y resoluciones emitidos por el SAT. Además, permite recibir invitaciones a programas fiscales y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
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En caso de no cumplir con esta obligación, los contribuyentes podrían enfrentar sanciones que oscilan entre 3 mil 850 y 11 mil 540 pesos, según lo establecido en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación . Por ello, se recomienda aprovechar la prórroga para cumplir con esta obligación antes del plazo establecido.
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