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Hombre que tenía leones en el techo de su casa en la CDMX se niega a entregarlos a la Profepa

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (

Profepa

) emitió acuerdo mediante el cual se solicita al poseedor de tres felinos, en la Colonia Viaducto Piedad, Ciudad de México, la entrega de los leones a los inspectores de esta Procuraduría para su traslado a una unidad de manejo especializada para su estancia y cuidados.



La medida del cambio de depositaria se ordenó mediante acuerdo que el propietario

se negó a recibir

, por lo cual se dejó citatorio para que el día de mañana se notifique e inmediatamente otorgue las facilidades a los inspectores para llevar a cabo las labores de contención y manejo de los tres leones asegurados.



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La

Profepa

inició el procedimiento administrativo por presuntas violaciones a la Ley General de Vida Silvestre en materia de posesión de ejemplares de

fauna silvestre exótica

sin contar con la autorización y por faltas al trato digno y respetuoso a los organismos, pues a los felinos les fueron extraídas sus garras.



De persistir la negativa del inspeccionado el caso puede ser turnado a la

Procuraduría General de la República

por

delitos contra la biodiversidad y gestión ambiental

referidos en el Código Penal Federal.



El pasado 10 de octubre en atención a denuncias los inspectores de la Profepa cumplimentaron una orden de inspección en el domicilio de

Viaducto Piedad

, donde observaron que se mantenían en la azotea de la casa-habitación a tres leones africanos de aproximadamente año y medio de edad, sin contar con las instalaciones de albergue adecuadas para la estancia de los felinos, además de no contar con el registro y plan de manejo aprobado que exigen la

Ley General de Vida Silvestre



Aun y que el inspeccionado ha manifestado contar con los documentos u autorización de la

Semarnat

, hasta el momento no ha presentado las pruebas documentales a la Profepa por lo cual la medida de aseguramiento de los

tres leones

y su cambio de depositaria debe de cumplimentarse en lo inmediato.



El registro y plan de manejo son requisitos señalados en la Ley General de

Vida Silvestre

a fin de garantizar el trato digno y respetuoso de los animales y velar por la seguridad civil y de respuesta adecuada a cualquier contingencia.



La sanción en materia administrativa por faltar al trato digno y respetuoso a ejemplares de la vida silvestre consiste en

multa

por el equivalente de

20 a 5 mil veces la Unidad de Medida

y Actualización, acorde a la Ley General de Vida Silvestre.



Asimismo, el

Código Penal Federal

considera la

pena de uno a cuatro años

de prisión por la comisión de algún delito contra la gestión ambiental.

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