Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / Mexicali / Elecciones Mexicali 2021

Quitan candidatura a Rigoberto Campos: no es miembro Cucapá

El Ieebc determinó que no existe el vínculo con la comunidad Cucapá.  

Retiran la candidatura para diputado a Rigoberto Campos y su suplente, luego de que el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Baja California, determinó que no existe el vínculo con la comunidad Cucapá.

El IEE determinó que Rigoberto Campos González y Adrián Gildardo Borbón, postulados por el Partido Encuentro Solidario (PES) como candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa en el I Distrito Electoral de Baja California, no cumplen con el requisito de autoadscripción calificada con la “Comunidad El Mayor Indígena”.

Rigoberto había sido presentado como un candidato del PES, representante de los Cucapás, con la intención de dar cumplimiento a las acciones afirmativas que obligan a los partidos a postular a representantes de las comunidades indígenas.

Esta y otras postulaciones de los partidos políticos, provocaron una manifestación de la comunidad indígena al exterior del IEE, con el fin de insistir en que esos candidatos no tenían un vínculo con ellos.

El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (Tjebc), emitió la sentencia RI-154/2021, en donde solicitó al IEE revisar los documentos que acrediten el vínculo que pretendía acreditar la relación de Campos con los Cucapás.

A partir de esta sentencia fue que se realizaron cinco entrevistas a las personas que habían apoyado la candidatura de Campos, en las que se evidenció que si bien es una persona cercana, no es reconocida como indígena.

“Nosotros le dimos el apoyo como amigo, nunca hemos reconocido a ninguna persona extraña como Cucapá”.

“No es indígena, no se reconoce a una persona extraña, si firmé, pero lo hice a la carrera”.

Esas fueron algunas de las frases hechas por las personas entrevistadas de la Comunidad El Mayor Indígena, que sustentaron la decisión del IEE.

El Tjebc, precisa que una persona externa que los ha auxiliado, o ha convivido con ellos, no es un candidato que per sé, pueda tener por cumplida la medida afirmativa. Se debe tratar de un miembro de la comunidad o de extracción indígena.

El Consejo del IEE determinó que los documentales son ineficientes, y no acreditan la pertenencia o vínculo con la comunidad, solo su cercanía, y eso no es lo que se busca, sino la participación política de miembros de comunidades indígenas.

El PES tiene 24 horas después de la notificación de dicho acuerdo, para efectuar la sustitución de la fórmula de diputaciones por el principio de mayoría relativa, de la candidatura indígena.

Adolfo Díaz, representante del PES, señaló que con esta decisión se viola el derecho a ser votado de Rigoberto Campos, cuestionando las preguntas a las personas de la comunidad Cucapá, para saber si había un vínculo.

En esta nota