Ebrios al volante pueden llevar proceso libres
Así provoquen una muerte, la Ley prevé que mientras no haya riesgo para las víctimas o que pueda fugarse, pueden llevar su caso en libertad.

MEXICALI. B.C.- En el pleno frío de la madrugada, Felipa Haro Avelar, de 80 años y su hija, María Sandoval Haro, de 64, se encontraban listas y a la espera del taxi que las llevaría al Centro de Reinserción Social de Mexicali a visitar a un familiar, pero nunca llegaron.
En la banqueta, en el cruce de la calzada De los Monarcas y la avenida Puerto Real, en el fraccionamiento Villas del Rey, al sur de la ciudad, un automóvil las embistió. María murió en el lugar y su madre resultó con severas lesiones.
Varias personas vieron el impactante y absurdo atropellamiento. A bordo del vehículo involucrado, según testigos, se encontraba una automovilista balbuceante y confundida, quien, por un momento, los testigos sospecharon que quería darse a la fuga. Ilda Limbania, la mujer al volante, regresaba de una posada, iniciada desde el sábado anterior en un domicilio cercano. Salió ebria y adormilada.
En el cruce donde madre e hija, ambas de edad avanzada, esperaban el taxi. Nunca pudieron llegar a su destino. El día de Nochebuena fue vinculada a proceso por el delito de homicidio culposo agravado por conducir en estado de ebriedad, entre otros.
Sin embargo, con 60 mil pesos pudo recuperar su libertad y poder llevar el proceso con una firma semanal hasta que este se resuelva. No se trata del único caso. El 5 de enero por la madrugada, David Leal Munguía y su novia Paulina Aparicio salieron con rumbo a Calexico.
Tomaron la calzada Independencia y a la altura del bulevar Benito Juárez, un auto los impactó a toda velocidad. David murió en el sitio y su novia perdió la vida en el hospital. El vehículo que los chocó se había pasado el semáforo en rojo y según testigos, además de ir a exceso de velocidad, también circulaba con las luces apagadas.
Dentro del auto encontraron varios envases de cerveza. Jorge Alberto, de 28 años, dijo a rescatistas que recién salía de un bar cercano y de acuerdo a testimonios, emanaba un fuerte olor a alcohol.
Fue llevado a un hospital y aunque se le realizaron pruebas tardías para detectar si estaba en estado de ebriedad, estas resultaron negativas. Dos días después, en una cama de hospital, un Juez lo vinculó a proceso por el delito de homicidio culposo agravado por conducir en estado de ebriedad, pues consideraron las circunstancias, testimonios y los indicios de cerveza en el auto.
Aún así, pudo recuperar su libertad. El juez le impuso la medida cautelar de firma catorcenal y la prohibición de salir de la ciudad mientras se lleva a cabo el proceso. El caso indignó no solo a su familia, sino a muchos mexicalenses.
LO DICE LA LEY
Con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, el homicidio por culpa agravado por conducir un vehículo bajo los influjos del alcohol o drogas ya no amerita la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar.
El Código de Procedimientos Penales de Baja California, que sí lo consideraba, quedó inválido en este sentido y por ello los recientes casos han sido tratados de esta manera. Pedro Ariel Mendivil García, titular de la Fiscalía Regional para Mexicali, explicó que solo pueden solicitar la prisión preventiva como medida cautelar si hay riesgo de que el imputado se dé a la fuga, represente un riesgo para las víctimas o pueda destruir evidencia.
“Ningún homicidio culposo amerita ya la prisión preventiva”, comentó. El artículo 155 del Código de Procedimientos Penales de Baja California contemplaba la prisión preventiva, en casos donde automovilistas ebrios, bajo el influjo de drogas o incluso distraídas con el celular.
Esta situación quedó superada con el Código Nacional. Sin embargo, este Código, en su artículo 256, descarta que en estos casos se pueda resolver el asunto bajo criterios de oportunidad, es decir, acuerdos reparatorios o salidas alternas a las que imponga un juez para concluir el proceso.
El artículo 75 del Código Penal de Baja California contempla penas de 3 a 8 años en prisión y multa de 500 unidades de medida y actualización (UMA). También se le puede suspender la licencia y derecho de conducir cualquier auto de cinco años o definitivamente.
Mendivil García señala que, aunque no se puede cambiar la situación de la prisión preventiva, sí pueden buscar la manera de agravar el delito para que existan penas más ejemplares en contrad e automovilistas ebrios.
“No solo se trata de subir a los autos y pisar el acelerador, cuando lo hacemos ebrios o drogados, ponemos en peligro a las personas”, dijo.
El fiscal agregó que en el caso de los automovilistas ebrios o drogados que han participado en homicidios dolosos han tenido “sentencias ejemplares”, pero en el caso de los que ocurren sin dolo y falta de precaución, han permitido las salidas alternas.
EL VALOR DE LA VIDA
De acuerdo a la Ley, la vida de una persona vale cerca de 800 mil pesos. Es decir, al causar una muerte, esta cantidad representa la reparación del daño por la pérdida de la vida y debe pagarse a la familia o los ofendidos en el caso.
En muchos casos, explicó Mendivil García, los casos donde no hay factor alcohol o drogas de por medio, terminan en acuerdos reparatorios entre la familia de la víctima y el imputado. “Cuando pasa el duelo y se dan cuenta que nada les regresara a su familiar, buscan quitarse de su vida una situación así y llegan a un acuerdo”, comentó.
Esto podría ocurrir con el caso de la muerte de Dylan, el niño de 3 años que murió luego de que una mujer, al quedar dormida al volante tras una jornada de trabajo, lo atropelló a él y a su tío sobre el bulevar Adolfo López Mateos, el pasado 21 de diciembre.
“La vida de una persona vale 800 mil pesos, pero esa cantidad no es suficiente para recuperar alguien que perdemos y muchas familias no les alcanzan, luego se soluciona de manera civilizada, no por nuestra fiscalía, no hay beneficios para quienes priven de la vida a una persona”, agregó.
LA MUERTE Y SUS CIFRAS
Durante este 2019, las víctimas mortales de homicidios culposos, casi todas ellas en hechos de tránsito, como choques y atropellamientos, se incrementaron en un 70% en Mexicali, de acuerdo a las cifras de la Fiscalía General del Estado.
En este rubro, las víctimas de homicidio culposo fueron de 61 en el 2018 a 104 en el 2019, lo que significa un incremento de muertes en un 70%.
Las cifras más detalladas disponibles del 2018 muestran los números relacionados con los riesgos en las calles de la capital bajacaliforniana:
2018
• 2 mil 739 accidentes
•832 de ellos con lesionados
•143 atropellados
•161 volcaduras
•351 casos en los que conductores se fugan
•96 casos con conductores ebrios
•4 casos con conductores drogados
•121 de ellos con aliento alcohólico
•41 muertos en el acto
•1 mil 112 lesionados
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