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Autoridad tiene herramientas jurídicas para revisar los autos

Cuando existe la presunción de un delito en flagrancia se puede revisar a las personas o los vehículos, informó Alonso Ulises Méndez Manuell Gómez.


El director de seguridad pública municipal agregó que también aplica cuando hay una denuncia ciudadana y la descripción coincide con la persona o unidad mencionada.



“Son herramientas jurídicas que disponen los oficiales, respetando los derechos humanos y no se exceda, ni los transgredan…” “También cuando hay presunción de un delito por protección de la misma ciudadanía”, mencionó. Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia que validó la revisión de personas y vehículos sin previa autorización judicial, dijo que se debe de revisar a detalle la resolución.



“No conozco la exposición de motivos, ni argumentación de los ministros”, precisó.



Cabe destacar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos argumentó que la detención viola los principios por persona, al faltar la presunción de inocencia y legalidad porque no todos los delitos ameritan una privación de la libertad por flagrancia.


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