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Tribunal absuelve a Carmen Aristegui y Sofía Niño de Rivera de demanda por difamación de Ricardo Rocha

Tribunal revoca sentencia contra Aristegui y Sofía Niño por declaraciones sobre Rocha; destaca libertad de expresión y testimonio personal.

Tribunal absuelve a Carmen Aristegui y Sofía Niño de Rivera de demanda por difamación de Ricardo Rocha

CIUDAD DE MÉXICO.- A casi dos años del fallecimiento del periodista Ricardo Rocha, un tribunal colegiado resolvió revocar las sentencias que condenaban a la comediante Sofía Niño de Rivera, a la periodista Carmen Aristegui y al medio de comunicación CNN por un juicio de daño moral promovido por Rocha en 2018.

Con esta decisión, que representa un precedente importante para la libertad de expresión en México, tanto la standupera como la periodista quedan absueltas de cualquier responsabilidad legal en el caso.

Ricardo Rocha

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¿Qué originó la demanda de Ricardo Rocha?

Todo comenzó en 2018, cuando Sofía Niño de Rivera fue entrevistada por Carmen Aristegui. En la conversación, relató situaciones incómodas que vivió con Rocha durante una entrevista anterior. Dijo que él “le tomaba del brazo, le agarraba la cintura, se le acercaba”, lo cual la hacía sentir incómoda.

Aunque en ningún momento usó el término “acosador”, el periodista consideró que esas declaraciones afectaban su reputación y presentó una demanda por daño moral.

El proceso se basó en una premisa equivocada”

—  explicó Francisco Javier de la Torre Jiménez, abogado defensor.

Nunca se le llamó ‘acosador sexual’, como decía la demanda, pero así lo interpretaron el juez de primera instancia y la sala de apelación”

—  señaló en entrevista para Aristegui en Vivo.

El punto clave en la resolución del tribunal

El tribunal colegiado —cuyo proyecto fue elaborado por la magistrada Mariana Gutiérrez— concluyó que Sofía Niño de Rivera expresó una experiencia personal sin falsedad. Reconoció que la comediante “tenía todo el derecho de manifestar sus sentimientos”.

Además, el magistrado Francisco Javier Sandoval López subrayó un principio fundamental:

El tribunal no es quien debe juzgar los sentimientos, las experiencias, las vivencias personales de la gente”

De la Torre también reveló que en el video original de la entrevista entre Rocha y Sofía, había actitudes visibles por parte del periodista que podrían interpretarse como inapropiadas, reforzando la veracidad del testimonio de la comediante.

¿Qué implica el “reportaje neutral”?

Otro aspecto crucial en el fallo fue la figura del reportaje neutral, una doctrina legal que protege a periodistas y medios cuando difunden declaraciones de terceros sin apropiarse de ellas.

El medio no tiene responsabilidad si no adopta como suyas las declaraciones, incluso si después se demuestra que no eran ciertas”

—  explicó el abogado defensor.

CNN y Aristegui también actuaron conforme a las buenas prácticas periodísticas: antes de publicar la entrevista, ofrecieron a Rocha ejercer su derecho de réplica. Su respuesta fue leída al aire y mostrada en pantalla.

Eso debió haber bastado para que el caso no escalara”

—  dijo De la Torre.

Reacciones de Carmen Aristegui

Tras conocerse la resolución, Carmen Aristegui expresó su satisfacción por la decisión judicial: “Es un alivio”, declaró.

Disipa lo que se estaba perfilando en un precedente bastante peligroso”

Afirmó que el fallo respalda el derecho de las personas a compartir cómo se sienten y defendió la importancia de la labor periodística libre de presiones o castigos legales injustificados.

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¿El caso está cerrado?

Aunque la sentencia es definitiva para el tribunal colegiado, los herederos de Ricardo Rocha aún tienen una última vía legal: podrían presentar un recurso extraordinario de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, este tipo de recursos solo se admite bajo criterios muy estrictos y no garantiza que el caso sea reabierto.

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