¿Qué pasa con el dinero en el banco cuando alguien muere? Así pueden reclamarlo sus beneficiarios en México
La Condusef explica cómo identificar si una persona fallecida tenía cuentas y qué documentos se necesitan.
Cuando una persona fallece, el dinero que tiene en una cuenta bancaria no desaparece ni pasa automáticamente a sus familiares. En México, los recursos deben entregarse a los beneficiarios que el titular haya designado por escrito ante el banco; si no existe una designación, su entrega se determina mediante el procedimiento sucesorio correspondiente.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) explica que el artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito establece la obligación de las instituciones bancarias de entregar el dinero a las personas designadas por el titular, de acuerdo con los porcentajes que haya señalado.
La disposición también permite cambiar o sustituir a los beneficiarios durante la vida del titular.
¿Quién recibe el dinero de una cuenta bancaria cuando fallece el titular?
El dinero se entrega a las personas que el titular registró expresamente y por escrito como beneficiarias al contratar la cuenta o durante una modificación posterior.
Esto significa que el parentesco no determina por sí solo quién tiene derecho a recibir los recursos. Una persona puede designar como beneficiario a alguien que no sea familiar, así como establecer qué proporción del dinero corresponde a cada persona.
De acuerdo con la Condusef, una vez que se acredita el fallecimiento del titular, los beneficiarios pueden acudir al banco para iniciar el trámite de entrega de los recursos.
¿Qué pasa si el titular de la cuenta no dejó beneficiarios?
Si la persona fallecida no registró beneficiarios, el dinero debe entregarse conforme a lo establecido en la legislación común. En estos casos, la distribución se resuelve mediante el procedimiento sucesorio que corresponda.
Por ello, no significa que el banco pueda entregar libremente el saldo a cualquier familiar que lo solicite. Será necesario acreditar quién tiene derecho a recibir los recursos conforme a las disposiciones civiles aplicables.
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¿Cómo saber si una persona fallecida tenía dinero en el banco?
La Condusef cuenta con el trámite de Solicitud de Búsqueda de Beneficiarios de Cuentas de Depósito (BCD), mediante el cual una persona puede consultar si aparece como beneficiaria de una cuenta de cheques, ahorro o inversión de alguien que falleció.
La búsqueda se realiza a través del Registro Único de Trámites de la Condusef y permite identificar si existe información sobre cuentas en las instituciones bancarias participantes.
¿Qué documentos se necesitan para solicitar la búsqueda?
La Condusef establece los siguientes requisitos para presentar la solicitud:
- Formato de solicitud BCD: debe llenarse y firmarse.
- Identificación oficial vigente: de la persona que realiza el trámite.
- Acta de defunción: de quien presuntamente tenía la cuenta bancaria.
- Documento de representación: en caso de que la solicitud se presente mediante un apoderado.
Los documentos deben enviarse conforme a las indicaciones del trámite. Para el acta de defunción, la Condusef señala que su expedición no debe tener una antigüedad mayor a cinco años respecto de la fecha de presentación de la solicitud.
Si la búsqueda arroja un resultado positivo, la Condusef informa en qué institución bancaria existe la cuenta para que la persona interesada continúe directamente con el banco el procedimiento para reclamar los recursos.
¿Qué debe hacer el beneficiario para retirar el dinero?
Una vez que se identifica la institución financiera y se confirma la designación como beneficiario, la persona debe acudir al banco para acreditar el fallecimiento del titular y comenzar la gestión de entrega.
El procedimiento puede variar según la institución y las características del producto financiero. Por eso, es necesario consultar los requisitos directamente con el banco donde se encuentra el dinero.
La Condusef también recomienda mantener actualizada la designación de beneficiarios, revisar que sus nombres estén escritos correctamente e informarles sobre la existencia de las cuentas.
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