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¿Si cotizas en la Ley 97 puedes solicitar la Modalidad 40? IMSS aclara la situación tras ajustes de octubre 2026

Las personas que ya estaban inscritas antes de la entrada en vigor conservarán sus condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) modificó las condiciones de la Modalidad 40 a partir del 22 de octubre de 2026. Las nuevas disposiciones limitan el salario de cotización para quienes se incorporen o vuelvan a inscribirse, eliminan la posibilidad de cubrir periodos anteriores a la solicitud y establecen que el trámite de ingreso se realice exclusivamente por medios digitales.

Los cambios están establecidos en el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, aprobado por el Consejo Técnico del IMSS el 10 de octubre y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre de 2026. DOF

El documento también ordena evaluar el impacto financiero de la continuación voluntaria y preparar, si corresponde, propuestas de modificación normativa.

¿Qué cambia en la Modalidad 40 del IMSS en octubre de 2026?

La Modalidad 40, conocida formalmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a las personas que dejaron de tener un empleo formal continuar cotizando para efectos pensionarios, siempre que cumplan los requisitos aplicables.

El nuevo acuerdo establece medidas temporales que afectan principalmente a quienes buscan ingresar por primera vez o reincorporarse al esquema. Las personas que ya estaban inscritas antes de la entrada en vigor conservarán sus condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.

Estos son los principales cambios:

  • Límite salarial: el salario para la nueva incorporación se calcula con base en el último salario registrado al causar baja, con la posibilidad de llegar hasta ese monto más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin quedar por debajo del salario mínimo general vigente.
  • Sin pagos retroactivos: la nueva incorporación comienza a partir de la fecha de solicitud.
  • Trámite digital: la inscripción debe realizarse exclusivamente por medios digitales.
  • Incompatibilidad con la Modalidad 10: quienes estén incorporados o se incorporen al esquema de personas trabajadoras independientes no pueden contratar simultáneamente la Modalidad 40.
  • Protección temporal para asegurados actuales: quienes ya estaban inscritos conservan sus condiciones hasta terminar el periodo contratado.
  • Revisión financiera: el IMSS analizará el impacto económico del esquema y, posteriormente, evaluará posibles cambios normativos. Diario Oficial de la Federación

¿Cuál es el nuevo límite salarial de la Modalidad 40?

El acuerdo establece que las nuevas incorporaciones podrán realizarse con base en el último salario base de cotización registrado al momento de causar baja del régimen obligatorio, con un margen adicional de hasta una UMA.

El salario elegido no puede ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país. Esto modifica las condiciones bajo las cuales las personas podían elegir un salario de cotización superior para incrementar sus aportaciones con fines pensionarios.

El cambio es relevante para quienes planeaban inscribirse con un salario muy superior al que tenían registrado en su último empleo. Antes de calcular una aportación o estimar una pensión, deberán revisar su historial salarial y las condiciones que les correspondan.

Conviene distinguir este límite del porcentaje de la cuota: el acuerdo citado establece el criterio salarial temporal, pero no anuncia por sí mismo una nueva tasa general de aportación.

¿Se pueden pagar meses atrasados en la Modalidad 40?

No para las nuevas incorporaciones sujetas al acuerdo. El documento dispone que el aseguramiento comienza en la fecha en que la persona presenta su solicitud ante el IMSS, por lo que no contempla contratar la modalidad para cubrir retroactivamente meses o años anteriores.

Este cambio afecta a quienes dejaron de cotizar y tenían previsto pagar el periodo transcurrido desde su baja para continuar acumulando semanas o mejorar su historial de cotización.

Antes de iniciar el trámite, es importante verificar la fecha de baja, las semanas cotizadas y la situación de aseguramiento. La fecha de solicitud ahora determina el inicio de la nueva incorporación.

¿Qué requisitos se necesitan para entrar a la Modalidad 40?

Además de las nuevas condiciones del acuerdo, la información institucional del IMSS establece como requisitos generales no tener un aseguramiento vigente como trabajador subordinado y contar con al menos 52 semanas cotizadas durante los cinco años anteriores a la baja. También debe revisarse que no hayan transcurrido más de cinco años desde esa baja para conservar la posibilidad de incorporarse.

Antes de solicitar el ingreso, conviene revisar los siguientes puntos:

  • Semanas cotizadas: contar con al menos 52 semanas dentro del periodo requerido.
  • Fecha de baja: comprobar cuándo terminó el aseguramiento en el régimen obligatorio.
  • Último salario registrado: verificar el salario base de cotización que aparece en el historial del IMSS.
  • Situación laboral actual: confirmar que no exista un aseguramiento incompatible con la Modalidad 40.
  • Medio de inscripción: realizar la solicitud mediante los mecanismos digitales que habilite el instituto.

Cumplir estos requisitos no garantiza por sí solo una pensión de determinado monto. El resultado depende del régimen pensionario aplicable, las semanas reconocidas, el historial salarial y las demás condiciones individuales.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 del IMSS en 2026?

El costo depende del salario base de cotización elegido y de la tasa de aportación aplicable. Por ello, no existe una cuota mensual única para todas las personas inscritas.

La información de origen señala una tasa de 14.438% para 2026 y un incremento gradual hasta 18.80% en 2030. Sin embargo, esas cifras deben verificarse por separado con las disposiciones vigentes antes de publicarlas como costos oficiales. El acuerdo del 21 de octubre se concentra en las medidas temporales y la revisión financiera del esquema.

Para estimar el pago, es necesario conocer el salario base que se utilizará y confirmar la tasa correspondiente al periodo de cotización.

¿Qué pasa si ya estoy inscrito en la Modalidad 40?

Las personas que estaban inscritas cuando entró en vigor el acuerdo conservan las condiciones actuales hasta que termine el periodo contratado. El IMSS también reconocerá las semanas cotizadas y los salarios efectivamente pagados para el cálculo de sus futuros derechos pensionarios.

Esto significa que el cambio no cancela de inmediato los periodos contratados. No obstante, quienes terminen su periodo y quieran incorporarse nuevamente deberán considerar las nuevas condiciones salariales y administrativas.

¿La Modalidad 40 desaparece con las nuevas reglas?

No. El acuerdo publicado en el DOF no elimina la Modalidad 40, sino que establece medidas temporales mientras el instituto analiza sus efectos financieros.

El documento ordena dos etapas de revisión:

  • Primera etapa: la Dirección de Finanzas deberá realizar el análisis financiero en un plazo máximo de seis meses a partir de la emisión del acuerdo.
  • Segunda etapa: una vez recibidos los resultados, la Dirección Jurídica tendrá hasta seis meses para coordinar una propuesta de modificación de las disposiciones correspondientes, si se identifican áreas de oportunidad.

La propuesta deberá someterse a consideración del Consejo Técnico del IMSS. Por tanto, cualquier modificación posterior dependerá del resultado de la evaluación y de las decisiones normativas que se adopten.

¿Dónde se realizará el trámite de la Modalidad 40?

El acuerdo instruye al IMSS a ajustar sus sistemas para que las nuevas inscripciones se efectúen exclusivamente mediante mecanismos digitales. También ordena diseñar un canal de atención para revisar casos especiales relacionados con la aplicación de las nuevas disposiciones.

Diario Oficial de la Federación

Quienes busquen incorporarse deben consultar el portal oficial del IMSS y verificar los mecanismos habilitados antes de iniciar su solicitud. Para confirmar el contenido legal, pueden consultar el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026.

La fecha de entrada en vigor fue el 22 de octubre de 2026. A partir de ella, las nuevas solicitudes deben sujetarse a las medidas temporales establecidas en el acuerdo, mientras el instituto desarrolla el análisis financiero y las adecuaciones operativas correspondientes.

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