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SAT aplicará multas de hasta 13,430 pesos a quienes no tramiten su RFC o incumplan con la actualización de su domicilio fiscal, aunque exentará de sanciones económicas a los jóvenes de 18 años sin ingresos

Las sanciones económicas por no tramitar el Registro Federal de Contribuyentes o desatender la actualización de datos superan los 13 mil pesos para contribuyentes con ingresos.

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria aplica sanciones económicas que van desde los 4,480 hasta los 13,430 pesos a los contribuyentes que realicen actividades económicas o deban emitir facturas y no soliciten su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o realicen el trámite de forma extemporánea. La medida busca regularizar la situación fiscal de quienes generan ingresos en el país.

No obstante, la normativa fiscal mantiene una protección directa para las personas jóvenes que hayan cumplido la mayoría de edad y no cuenten con empleo o ingresos propios. De acuerdo con las disposiciones vigentes del Código Fiscal de la Federación, este grupo no recibirá multas pecuniarias si no efectúa el trámite de inmediato o si se inscribe bajo el esquema correcto.

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¿Qué pasa con los jóvenes mayores de 18 años?

Desde el año 2022, el Código Fiscal de la Federación determinó que la inscripción en el RFC es obligatoria para todos los jóvenes al cumplir los 18 años, independientemente de si se encuentran laborando o no. A pesar de esta exigencia legal, las autoridades no imponen ninguna sanción económica a quienes se encuentren en esta franja de edad si aún no perciben ingresos.

Para evitar requerimientos posteriores, los jóvenes que se inscriban en el padrón sin trabajar deben seleccionar el esquema de “persona física sin obligaciones fiscales”. Bajo este régimen, la persona queda exenta de presentar declaraciones periódicas y, en consecuencia, permanece totalmente fuera de cualquier esquema de sanciones por incumplimiento o trámite fuera de tiempo.

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¿Cuáles son las multas por no actualizar los datos fiscales?

El incumplimiento fiscal no aplica únicamente a quienes omiten registrarse por primera vez. Las personas físicas que ya se encuentran inscritas en el RFC pero desatienden la actualización de su expediente técnico ante la autoridad tributaria también incurren en faltas sancionables con montos que oscilan entre los 5,400 y los 10,780 pesos.

Estas multas administrativas proceden cuando el contribuyente no presenta los avisos de modificación de datos o lo hace fuera de los lapsos legales permitidos tras recibir un requerimiento formal por parte del organismo fiscalizador.

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¿Cuáles son los descuidos más comunes ante el SAT?

Entre las omisiones más frecuentes de los contribuyentes destaca el cambio de domicilio fiscal no reportado. Es habitual que las personas modifiquen la dirección de su credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), pero omitan notificar este cambio en la plataforma del SAT. Este descuido impide que las autoridades notifiquen correctamente al usuario en su dirección real.

Otra falta recurrente ocurre en la actualización de actividades económicas o régimen fiscal. Ocurre con frecuencia cuando un trabajador registrado bajo la modalidad de sueldos y salarios decide iniciar un emprendimiento o negocio propio, omitiendo informar formalmente al SAT sobre sus nuevas fuentes de ingreso y las obligaciones fiscales que derivan de ellas.

Para evitar recargos y multas, los contribuyentes deben verificar su estatus en el portal oficial de la autoridad fiscal y solicitar oportunamente la actualización de su Cédula de Identificación Fiscal.

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