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¡Es oficial! SAT multará con hasta 11,540 pesos a quienes no cumplan con este requisito en enero de 2027; conoce quiénes están obligados

La dependencia federal otorgó una prórroga hasta el 1 de enero de 2027 para que los contribuyentes obligados a habilitar el Buzón Tributario, lo activen

MÉXICO.- A partir del 1 de enero de 2027, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a aplicar multas a los contribuyentes obligados que no hayan habilitado su Buzón Tributario o mantengan sin actualizar sus medios de contacto. Las sanciones irán de 3,850 a 11,540 pesos, por lo que todavía existe tiempo para cumplir con este requisito y evitar problemas.

Aunque el Buzón Tributario es obligatorio desde hace varios años para la mayoría de los contribuyentes, la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 otorgó una prórroga para la aplicación de las multas. Ese plazo terminará el 31 de diciembre de 2026, por lo que las sanciones comenzarán a imponerse durante 2027.

¿Qué requisito comenzará a sancionar el SAT?

El requisito consiste en habilitar el Buzón Tributario y registrar, además de mantener actualizados, los medios de contacto, como el correo electrónico y el número de teléfono celular. De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, incumplir esta obligación constituirá una infracción sancionable desde enero de 2027.

La autoridad fiscal pospuso la aplicación de las multas, pero no eliminó la obligación para los contribuyentes que deben cumplir con este mecanismo.

¿De cuánto serán las multas?

El Código Fiscal de la Federación establece que quienes incumplan con esta obligación podrán recibir multas que van de 3,850 a 11,540 pesos, dependiendo de cada caso. La infracción también aplica cuando los medios de contacto no están registrados o permanecen desactualizados.

La autoridad fiscal recordó que el Buzón Tributario funciona como el canal oficial para enviar notificaciones, requerimientos, resoluciones y mensajes relacionados con las obligaciones fiscales de cada contribuyente.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?

La obligación aplica para la mayoría de las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Sin embargo, existen algunas excepciones previstas por el SAT.

Entre quienes pueden quedar relevados se encuentran las personas físicas sin actividad económica, sin obligaciones fiscales o con suspensión de actividades, así como personas morales suspendidas y contribuyentes con situación de cancelados en el RFC.

También pueden optar por no habilitarlo los trabajadores asalariados que hayan obtenido ingresos menores a 400,000 pesos durante el ejercicio fiscal anterior, siempre que no se ubiquen en otros supuestos que vuelvan obligatoria esta herramienta.

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¿Por qué conviene activarlo antes de 2027?

Especialistas en materia fiscal recomiendan no esperar al inicio de 2027. La contadora Lorena Rojas advirtió, según una publicación de El Economista, que, si el SAT envía una notificación y el contribuyente no tiene habilitado o actualizado su Buzón Tributario, la autoridad puede recurrir a la notificación por estrados, la cual produce efectos legales aun cuando la persona no la consulte.

Esto significa que los plazos para responder requerimientos o defenderse pueden comenzar a correr sin que el contribuyente tenga conocimiento inmediato, lo que podría derivar en consecuencias fiscales más complejas que una multa.

¿Cómo activar el Buzón Tributario?

El procedimiento puede realizarse completamente en línea desde el portal del SAT. El contribuyente debe ingresar con su RFC y Contraseña o e.firma vigente, acceder al apartado de configuración y registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular.

Después será necesario confirmar ambos medios de contacto dentro de las siguientes 72 horas, ya sea mediante el enlace enviado al correo electrónico o el código recibido por mensaje SMS. Una vez concluido el proceso, el Buzón Tributario quedará habilitado para recibir comunicaciones oficiales.

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