¿Debes más de 30,000 pesos en tu tarjeta de crédito? Esto aumenta el riesgo de una demanda y así puede avanzar el proceso
El monto de la deuda no es el único factor. Especialistas explican cuándo un banco podría demandar, qué ocurre antes de un juicio y en qué casos un juez puede ordenar el embargo de bienes
MÉXICO.- Dejar de pagar una tarjeta de crédito durante varios meses puede derivar en una demanda judicial, aunque no ocurre de forma automática. Especialistas explican que el monto adeudado, el tiempo sin pagar, el historial del cliente y la política de cada institución determinan el riesgo real de enfrentar un proceso legal.
En México, el sobreendeudamiento continúa creciendo. Un análisis de Bravo señala que 52% de las personas utiliza la tarjeta de crédito como su principal fuente de financiamiento, mientras que el Perfil del Deudor 2025 indica que 77% de los adultos vive al límite de su capacidad financiera o ya la rebasó.
Ante este panorama, una de las dudas más comunes es a partir de qué cantidad una institución financiera podría llevar el caso ante un juez. La respuesta no depende únicamente del saldo pendiente, sino de una combinación de factores que cada acreedor evalúa antes de tomar una decisión.
¿Desde qué monto aumenta el riesgo de una demanda?
No existe una ley que establezca una cantidad específica para que un banco demande a un cliente. De acuerdo con información publicada por El Economista y declaraciones de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor (ONDD), cada institución define su estrategia para recuperar los recursos.
Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, explicó que “no hay una escala o protocolo que indique los parámetros bajo las cuales actúan las instituciones financieras en casos de suspensión de pagos por parte de sus clientes”.
Sin embargo, la organización considera que el riesgo comienza a ser relevante cuando la deuda ronda los 30,000 pesos. En ese nivel, aclara, la probabilidad de una demanda todavía es baja, aunque ya no puede descartarse por completo.
Cuando el adeudo alcanza 100,000, 200,000 o hasta 300,000 pesos, las posibilidades aumentan. Aun así, eso no significa que el banco necesariamente presentará una demanda, pues también puede optar por vender la deuda a otra empresa especializada en cobranza.
El monto no es el único elemento que analiza el banco
La decisión de iniciar un juicio también depende del tiempo acumulado sin realizar pagos, del comportamiento crediticio del cliente y del tipo de institución con la que se contrató el financiamiento.
Los especialistas señalan que incluso entre bancos existen diferencias en las estrategias de recuperación. Tampoco actúan igual las sociedades financieras populares y las empresas de tecnología financiera que ofrecen tarjetas de crédito.
Si la deuda es vendida a un despacho de abogados o a una empresa dedicada a comprar cartera vencida, el escenario puede cambiar. Según la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, estos casos suelen incrementar el riesgo de que se busque la recuperación del dinero mediante un proceso judicial.
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¿Qué ocurre antes de llegar a un juicio?
Antes de acudir a los tribunales, las instituciones financieras normalmente intentan recuperar el adeudo mediante acuerdos con el cliente. La empresa Bravo explica que primero suelen ofrecer alternativas para facilitar el pago.
Entre las opciones más comunes se encuentran la reestructuración de la deuda, la ampliación de plazos o descuentos para liquidar el saldo. Si estas medidas no funcionan, el banco puede enviar la cuenta a un despacho de cobranza.
Es importante recordar que los despachos de cobranza deben respetar las disposiciones vigentes y no pueden amenazar, intimidar o ejercer presión mediante prácticas ilegales para obligar al deudor a pagar.
¿Qué pasa si el banco presenta una demanda?
Si la institución decide acudir a los tribunales, el deudor debe recibir una notificación oficial emitida por un juez. A partir de ese momento inicia el procedimiento judicial para determinar si existe la obligación de cubrir el adeudo.
En algunos casos, si el juez así lo determina y el deudor no cumple con la resolución, puede ordenarse el embargo de determinados bienes para recuperar parte del dinero pendiente.
La información difundida por el área de Educación Financiera de RappiCard precisa que un embargo solo puede realizarse mediante una orden judicial, nunca por decisión de un despacho de cobranza o de un banco sin autorización de un juez.
¿Qué bienes no pueden ser embargados?
La legislación mexicana protege algunos bienes indispensables para la vida diaria. RappiCard recuerda que la ropa, la cama, los utensilios básicos de cocina y las herramientas necesarias para trabajar forman parte de los bienes inembargables.
En cambio, otros bienes como vehículos, cuentas bancarias y diversos aparatos electrónicos sí podrían formar parte de un embargo, siempre que exista una resolución judicial que así lo autorice.
¿Ir a juicio por una deuda significa ir a la cárcel?
No. Tener una deuda de tarjeta de crédito no implica una sanción penal. El director de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor aclaró que “nunca te llevarán a la cárcel”, salvo que las autoridades acrediten la existencia de un fraude u otra conducta delictiva distinta al simple incumplimiento de pago.
Por ello, los especialistas recomiendan atender cualquier comunicación oficial del banco, buscar opciones de negociación desde los primeros meses de atraso y evitar ignorar una notificación judicial, ya que resolver el problema oportunamente suele ofrecer mejores alternativas que esperar a que el conflicto avance.
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