Es oficial: determinados regímenes fiscales deben renovar su e.firma para enviar la Declaración Anual al SAT, la falta de este certificado impedirá el cumplimiento y provocará la suspensión total de sus actividades comerciales
El Servicio de Administración Tributaria confirma que no habrá prórrogas para la Declaración Anual 2025 y las sanciones por incumplimiento podrían paralizar su facturación de forma inmediata.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las empresas deben presentar su Declaración Anual 2025 antes del 31 de marzo de 2026. Esta obligación fiscal aplica para personas morales bajo el Título II y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
¿Cuáles son las fechas límite según el régimen fiscal?
El organismo federal precisó que el calendario de cumplimiento varía dependiendo de la naturaleza jurídica del contribuyente. Es fundamental que las personas morales sin fines de lucro tomen precauciones inmediatas, pues su plazo para presentar la Declaración Anual 2025 vence este 16 de febrero.
Por otro lado, el resto de las empresas constituidas bajo el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), así como aquellas inscritas en el RESICO, disponen hasta el último día de marzo para cumplir con esta responsabilidad ante el SAT. El exhorto de la autoridad es realizar el trámite con antelación para evitar saturaciones en el sistemISRa.
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¿Qué información aparece precargada en la nueva plataforma?
Para facilitar el llenado de los formularios y optimizar el tiempo de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria ha implementado mejoras tecnológicas. La nueva plataforma para la Declaración Anual 2025 ya cuenta con una robusta base de datos precargada que incluye:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio fiscal 2025.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) efectivamente pagada en el ejercicio.
- Retenciones de ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios y arrendamiento.
- Información del CFDI correspondiente a devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores, tales como pérdidas fiscales, pagos al extranjero y dividendos.
Esta automatización del SAT busca que el proceso de la Declaración Anual 2025 sea más transparente y reduzca el margen de error humano al momento de capturar cifras sensibles.
¿Se pueden modificar los ingresos o datos precargados?
Una duda común entre los contadores es qué hacer si la información del sistema no coincide con los registros contables. El SAT aclara que, en caso de requerir modificaciones en los ingresos o cualquier dato precargado, el contribuyente debe presentar declaraciones complementarias.
Es importante considerar los tiempos de respuesta del sistema tras realizar los movimientos:
- Saldo a cargo: La actualización de la información en la plataforma de la Declaración Anual 2025 será visible 48 horas después de efectuado el pago.
- Saldo en ceros: Si la declaración resulta sin impuesto a pagar, el sistema tardará 24 horas en reflejar el estatus actualizado ante el SAT.
Requisitos técnicos para el envío exitoso
Para concluir el envío de la Declaración Anual 2025, es estrictamente necesario contar con la e.firma vigente. El organismo recordó que sin este certificado digital no se puede completar el proceso de firmado electrónico.
Asimismo, se requiere un servicio de banca electrónica activo. Si el resultado de la operación arroja un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica a través de las instituciones bancarias autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria para el cobro de contribuciones federales.
Finalmente, el SAT destacó que estas herramientas fortalecen la recaudación fiscal, lo cual impacta positivamente en la economía mexicana y el bienestar social. Cumplir a tiempo con la Declaración Anual 2025 garantiza que las empresas mantengan su estatus de cumplimiento positivo.
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