CURP biométrica 2026: Quiénes pueden ser multados si no la tienen y qué trámites podrían pedirla como requisito indispensable
La CURP cambia en 2026 y por eso hay dudas sobre sanciones y requisitos

MÉXICO.- La implementación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica en México ya está generando preguntas entre la población, como si será obligatoria, si habrá multas para quienes no la obtengan y qué trámites podrían verse afectados si una persona no cuenta con esta nueva versión.
La respuesta es que las multas sí existen, pero no están dirigidas a los ciudadanos, sino a autoridades e instituciones públicas o privadas que no cumplan con las nuevas obligaciones establecidas en la Ley General de Población, reformada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A partir de 2026, la CURP se encamina a convertirse en un documento con datos biométricos (como huellas dactilares y fotografía), lo que busca reforzar la identificación oficial y reducir casos de robo de identidad, indica una publicación de Informador.
Sin embargo, el cambio también abre un debate sobre privacidad, obligatoriedad y acceso a servicios.
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¿Qué es la CURP biométrica y qué cambia frente a la CURP tradicional?
La CURP biométrica es una nueva modalidad de la Clave Única de Registro de Población que integra datos personales tradicionales (nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad y entidad de registro) junto con elementos biométricos, es decir, rasgos físicos únicos de cada persona.
Según lo expuesto en el decreto del DOF y en la información difundida por medios nacionales, esta CURP podría incluir:
- Fotografía facial digital
- Huellas dactilares
- Escaneo de iris
- Firma digital
La diferencia principal es que ya no se trataría solo de una clave alfanumérica consultable en internet, sino de un documento reforzado con datos que permiten verificar identidad con mayor precisión.
¿La CURP biométrica será obligatoria para todos?
En la discusión pública se ha señalado que el trámite fue presentado inicialmente como voluntario, pero la reforma legal abre la puerta a que cada vez más instituciones comiencen a solicitarla como requisito estándar.
El punto central es que la ley establece obligaciones para instituciones públicas y privadas respecto al uso de esta CURP como identificación.
Esto significa que, aunque una persona no reciba una multa por no tramitarla, podría enfrentar limitaciones prácticas en trámites si una institución decide exigirla como mecanismo de validación de identidad.

¿Quiénes pueden recibir multas por la CURP biométrica?
Algo que se debe tener muy claro es que las multas no son para la población en general.
De acuerdo con el decreto publicado en el DOF y retomado por El Informador, las sanciones aplican para:
- Autoridades de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal)
- Particulares que administren registros o brinden servicios al público, por ejemplo:
- Instituciones financieras
- Organismos de seguridad social
- Escuelas y centros educativos
- Dependencias de vivienda
- Empresas que manejen registros oficiales o validaciones de identidad
En otras palabras, las sanciones están diseñadas para presionar a instituciones y dependencias a adoptar el nuevo modelo de identificación.
¿Por qué motivo se impondrían las multas?
Las sanciones se aplicarían cuando una autoridad o empresa no cumpla con las obligaciones establecidas en la reforma, especialmente si:
- Se niega a aceptar la CURP biométrica como identificación válida
- No aplica el marco legal que obliga a solicitar o reconocer la CURP como parte de trámites oficiales
- Incumple lo señalado en el artículo 91 Bis (y relacionados) de la Ley General de Población reformada
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El decreto lo establece directamente en el Artículo 114 Bis, el cual indica:
Artículo 114 Bis. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno y particulares que incumplan con las obligaciones previstas en el artículo 91 Bis de esta Ley, previo apercibimiento por el reiterado incumplimiento, serán sancionadas con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
Esto significa que primero habría un apercibimiento, y si el incumplimiento continúa, entonces se impondría la sanción económica.
¿De cuánto son las multas por no cumplir con la CURP biométrica?
Las multas establecidas son de:
- 10,000 UMA
- hasta 20,000 UMA
Según la nota de El Informador, en 2026 el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos.
Con ese cálculo, las sanciones pueden ir de:
- 1,173,100 pesos
- hasta 2,346,200 pesos
Este monto no es para ciudadanos comunes, sino para instituciones que se nieguen a aplicar la reforma.
¿Qué trámites podrían empezar a exigir la CURP biométrica?
Aunque las autoridades han señalado que no habrá una restricción inmediata, El Universal advierte que la estructura legal apunta a una transición donde este documento sea cada vez más solicitado.
Entre los sectores que podrían pedirla están:
1. Salud y expedientes clínicos
De acuerdo con el Artículo 91 Ter, la CURP biométrica se vincula con el Registro del Sistema Nacional de Salud, lo que permitiría interoperabilidad de expedientes médicos digitales.
Esto podría facilitar el acceso a:
- Historial clínico electrónico
- Validación rápida de identidad en hospitales
- Trámites en instituciones de salud
2. Créditos de vivienda (Infonavit y otros)
Según lo reportado, el documento ya se perfila como una identificación válida en procesos como:
- Solicitud de créditos hipotecarios
- Trámites de validación de datos personales
3. Bancos e instituciones financieras
Las instituciones bancarias podrían solicitarla para:
- Apertura de cuentas
- Actualización de datos
- Validación de identidad en operaciones relevantes
4. Trámites escolares y universitarios
Escuelas y universidades podrían usarla para:
- Inscripciones
- Certificados
- Validación de identidad del alumno
5. Notarías y trámites legales
El uso de biometría puede facilitar la certeza jurídica en:
- Escrituras
- Poderes notariales
- Validación de identidad en actos civiles
6. Trámites ante dependencias federales, estatales y municipales
En especial para:
- Programas sociales
- Registro civil
- Licencias y permisos
- Trámites digitales con autenticación

¿Qué dependencia controlará la CURP biométrica?
De acuerdo con lo publicado y retomado por El Universal, la CURP biométrica quedará bajo la gestión de:
- Secretaría de Gobernación
- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
Mientras tanto, el Registro Nacional de Población (Renapo) seguirá siendo una referencia clave en la operación del sistema.
¿Cómo se tramita la CURP biométrica y por qué debe ser presencial?
La diferencia principal frente a la CURP tradicional es que no se puede obtener completamente en línea, porque se requiere capturar datos físicos.
Según la información difundida, el trámite se realizaría en:
- Módulos autorizados
- Oficinas del Registro Civil
- Centros habilitados por el gobierno
Durante el procedimiento se capturarían:
- Las 10 huellas dactilares
- Escaneo de iris
- Fotografía facial
- Firma digital
Esto implica que cada ciudadano debe acudir personalmente para que el registro tenga validez.
¿Para qué servirá la CURP biométrica según las autoridades?
El argumento central de la implementación es fortalecer la identidad digital y reducir delitos como el robo de identidad.
Además, El Universal cita que especialistas han señalado que este tipo de bases de datos también puede apoyar en:
- Localización de personas desaparecidas
- Identificación en casos forenses
- Verificación más segura en servicios públicos
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