SAT advierte multas de hasta 122 mil pesos por exigir la Constancia de Situación Fiscal para facturar o pagar nómina
La autoridad fiscal aclara que pedir este documento como requisito es una infracción al Código Fiscal y detalla qué datos son suficientes para emitir facturas y recibos de nómina.

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una advertencia clara a comercios, empresas y patrones sobre condicionar la emisión de facturas, recibos fiscales o pagos de nómina a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal es una práctica indebida y será sancionada con multas que pueden superar los 122 mil pesos.
La autoridad fiscal reiteró que este documento no es obligatorio para estos trámites y que su exigencia genera cargas innecesarias para los contribuyentes. La información fue confirmada por el propio SAT y difundida en declaraciones oficiales recogidas por Forbes México, con base en lo señalado por funcionarios del organismo recaudador.
¿De cuánto son las multas y quiénes pueden recibirlas?
El SAT precisó que la infracción está prevista en el Código Fiscal de la Federación. De acuerdo con la autoridad, cualquier comercio, industria o patrón que condicione la emisión de una factura o el pago de nómina a cambio de la Constancia de Situación Fiscal incurre en una falta administrativa.
Queremos mencionar que hay una infracción dispuesta en el Código Fiscal, que si alguien condiciona la emisión de una factura a cambio de la entrega de constancia situación fiscal se incurre en una falta que se sanciona con una multa que va de 21 mil 240 pesos a 122 mil 440 pesos”, explicó José Miguel Ricaño Hernández, administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal 4 del SAT.
Estas sanciones aplican tanto para operaciones comerciales como para relaciones laborales.
La Constancia de Situación Fiscal no es un requisito
El SAT fue enfático al aclarar que en ningún caso es obligatorio entregar la Constancia de Situación Fiscal para recibir una factura, un recibo fiscal o el pago de nómina. La autoridad fiscal explicó que este documento no es un requisito legal y que su solicitud responde a interpretaciones incorrectas de la normativa.
Según el organismo, para emitir una factura solo se necesitan los siguientes datos:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Nombre del contribuyente o razón social
- Código postal
- Régimen fiscal
¿Qué pasa con los recibos de nómina y los trabajadores?
En el caso de los comprobantes de pago de nómina, la autoridad también aclaró que los patrones no deben pedir la Constancia de Situación Fiscal a sus empleados. El SAT recordó que existen facilidades administrativas para que los empleadores obtengan directamente los datos necesarios de sus trabajadores.

Los patrones tienen facilidades para que le soliciten directamente al Servicio de Administración Tributaria los datos de los empleados y trabajadores para que hagan el timbrado de nómina”, señaló Ricaño Hernández.
Esto significa que los trabajadores ya no tienen la obligación de acudir a oficinas del SAT ni de generar la constancia en línea para cumplir con este proceso.
La constancia no tiene vigencia ni valor probatorio fiscal
Otro punto relevante que aclaró el SAT es que la Constancia de Situación Fiscal no tiene vigencia oficial ni valor probatorio. A pesar de ello, muchos contribuyentes siguen acudiendo a las oficinas del organismo para solicitarla con fecha reciente, bajo la creencia de que es un documento indispensable o que “caduca”.
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El funcionario explicó que, si los datos fiscales no han cambiado, una constancia emitida años atrás sigue siendo válida para efectos informativos. “Si tengo una constancia de situación fiscal desde hace 5 años y mis datos no han cambiado, pues esa constancia me sigue sirviendo perfectamente para casos prácticos”, afirmó.
¿Por qué el SAT insiste en esta aclaración?
La autoridad fiscal busca reducir trámites innecesarios, filas en oficinas y confusión entre los contribuyentes. De acuerdo con el SAT, la exigencia indebida de la Constancia de Situación Fiscal ha generado cargas administrativas que no están previstas en la ley y que afectan tanto a personas físicas como a trabajadores.
Además, el organismo reiteró que el cumplimiento fiscal no debe traducirse en prácticas que limiten el acceso a facturas o a pagos de nómina, especialmente cuando la información requerida puede obtenerse por otros medios oficiales.
Lo que debes tener en cuenta como contribuyente o empleador
Si eres cliente, trabajador o patrón, es importante considerar lo siguiente:
- Nadie puede exigirte la Constancia de Situación Fiscal para facturarte o pagarte nómina
- Solo ciertos datos fiscales son suficientes para emitir un comprobante
- Los empleadores pueden obtener la información necesaria de sus trabajadores directamente del SAT
- Condicionar estos trámites puede derivar en multas elevadas para quien lo haga
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