Prohibición de vapeadores en México: Qué cambió, desde cuándo y de cuánto son las multas
La distribución y venta de este tipo de productos estará prohibido en el país a partir de ahora, pero su consumo personal no será penalizado

MÉXICO.- A partir del 16 de enero de 2026, México implementó la prohibición total de los vapeadores y cigarrillos electrónicos, con lo que se elimina cualquier actividad comercial relacionada a estos dispositivos y se establecen sanciones económicas y penales por incumplimientos.
El objetivo central, indica una publicación de El Economista, es reforzar la protección a la salud y frenar el acceso de estos productos, sobre todo en niños y adolescentes.
La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y te explicamos a quién aplica y de cuánto son las multas.
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¿Qué actividades quedan prohibidas?
A partir de su entrada en vigor, queda prohibida toda actividad comercial relacionada con vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos similares, sin importar si contienen nicotina o no.
Esto incluye:
- Producción y fabricación
- Distribución y suministro
- Comercialización y venta
- Importación y exportación
- Publicidad y promoción por cualquier medio
La reforma añade un Capítulo XII Ter a la Ley General de Salud, donde define estos productos como aparatos mecánicos o electrónicos que calientan, vaporizan o atomizan sustancias para su inhalación, y establece su prohibición total en el mercado mexicano.
¿Esto significa que ya no podré vapear?
El decreto contempla una excepción limitada, para el consumo y la posesión, siempre que no tengan fines de comercialización.
En otras palabras, la reforma se enfoca en erradicar el mercado, la promoción y la cadena comercial de los vapeadores, no en criminalizar de forma directa a quienes ya los poseen para uso personal, siempre que no participen en actividades comerciales, de transporte con fines de venta, importación o exportación.
¿De cuánto son las multas y sanciones?
El nuevo marco sancionatorio es uno de los puntos más relevantes de la reforma. Quienes incumplan la prohibición pueden enfrentar:
- Penas de prisión de uno a ocho años
- Multas de 100 a 200,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)
Con el valor vigente de la UMA, esto equivale aproximadamente a multas que van desde 11,300 pesos hasta más de 22.6 millones de pesos.
Además, las autoridades sanitarias están facultadas para verificar, asegurar y disponer de los productos prohibidos, como parte de las acciones de vigilancia y control.
Con esta medida entonces se prohíbe la comercialización y distribución de vapeadores en México, pero no se condena el consumo personal de estos productos.
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