¿Por qué si soy profesionista mi sueldo no aumentó con el incremento al salario mínimo aplicado desde el 1 de enero por la Conasami? Ley Federal del Trabajo advierte sanciones
Desde el 1 de enero el salario mínimo aumentó de los 278.80 pesos a los 315.04 pesos, según lo fijado por la Conasami, pero también hubo incremento a los salarios mínimos profesionales

MÉXICO.- El 1 de enero de 2026 aumentó el salario mínimo en México, pero la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), también incrementó los mínimos profesionales.
Aunque la noticia del aumento del salario mínimo alegró a millones de trabajadores, para una parte significativa de la población laboral, ese alivio sigue siendo esquivo, porque su sueldo no subió.
¿Por qué no todos se benefician?
Se debe entender que el aumento al salario mínimo no significa un incremento generalizado para todos los trabajadores del país, porque no todos reciben el sueldo mínimo establecido por las autoridades.

Esto significa que la medida aplica únicamente a:
- Quienes percibían por lo menos un salario mínimo, vigente en 2025
- Trabajadores que perciben el salario mínimo profesional y la Conasami lo actualizó en 2026
- Quienes se desempeñan en la formalidad
- Trabajadores que figuran como subordinados y por lo tanto, tienen un patrón
¿Los profesionistas tienen derecho a un aumento?
Jurídicamente, no existe una obligación legal de que los empleadores reajusten salarios por encima del mínimo, salvo que:
- El contrato de trabajo incluya una cláusula de revisión anual
- Existiera un convenio colectivo que lo establezca
- La empresa haya prometido aumentos en función de indicadores como la inflación o el salario mínimo
Sin embargo, la Conasami sí actualizó los salarios mínimos profesionales, que es para quienes se desempeñan en alguna profesión u oficio, por lo que ciertos trabajadores sí debieron ver un aumento reflejado desde el 1 de enero de 2026.
Los salarios mínimos con los mayores sueldos profesionales son:
- Reportero gráfico en prensa diaria impresa ($705.46 pesos)
- Reportero en prensa diaria impresa ($705.46 pesos)
- Técnico en trabajo social ($405.82 pesos)
- Operador de draga ($384.25 pesos)
- Operador de buldózer o traxcavo ($380.74 pesos)
- Oficial mecánico en reparación de automóviles y camiones ($375.35 pesos)
- Secretario auxiliar ($374.6 pesos)
- Chofer de camión de carga en general ($370.9 pesos)
- Cocinero mayor en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos ($368.05 pesos)
- Oficial de sastrería en trabajo a domicilio ($365.24 pesos)
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En contraste, los salarios más bajos entre las profesiones y oficios son:
- Manejador en granja avícola ($316.85 pesos)
- Empleado de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio ($320.32 pesos)
- Recamarera en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje ($320.32 pesos)
- Vaquero ordeñador a máquina: ($320.32 pesos)
- Boticas, farmacias y droguería, dependiente de mostrador ($321.26 pesos)
- Cajero de máquina registradora: ($326.84 pesos)
- Planchador a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares: ($326.84 pesos)
- Costurera en confección de ropa en talleres o fábricas ($326.38 pesos)
- Gasolinero ($326.38 pesos)
- Velador ($326.38 pesos)
¿Qué pasa si el empleador no aumenta el salario mínimo profesional?
Una vez que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos actualizó la lista de salarios profesionales, la Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a incrementar los sueldos de sus trabajadores en relación a esto.
El incumplimiento de esta obligación puede generar multas de entre 250 a 5 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que equivale a entre 29,327.50 y 586,550 pesos.
Si una persona no percibió durante la primera quincena de enero de 2026 este aumento, puede presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), según indica una publicación de Informador.

El proceso se realiza en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, lo que permite a la Profedet intervenir para llegar a un acuerdo con el patrón sin ir a juicio.
¿Qué pueden hacer los trabajadores?
- Revisar su contrato: Buscar cláusulas sobre revisiones salariales
- Negociar: Plantear formalmente una solicitud de aumento basada en desempeño, antigüedad o condiciones del mercado
- Acudir al sindicato: Si están afiliados, el sindicato puede intervenir en la negociación colectiva
- Explorar el mercado: En un contexto de crecimiento económico moderado (1.9% estimado por Banxico para 2026), algunas industrias sí están ofreciendo ajustes reales
También acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), dependencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) encargada de proteger tus derechos laborales.
Cómo contactar a la Profedet:
- Llama al 079 (línea del Gobierno de México)
O marca directamente a:
- 800 717 2942
- 800 911 7877
Documentos necesarios para presentar tu queja:
- Nombre completo
- Nombre y dirección de la empresa
- Número de contacto del centro de trabajo
- Breve descripción de los hechos
- Recibo de nómina reciente (como prueba)
Debes considerar que, según indica Milenio en una publicación, al subir el salario mínimo, también aumentan las aportaciones al IMSS e Infonavit, y pueden modificarse los cálculos del ISR y el subsidio al empleo.
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