Renuncia justificada: ¿En qué casos aplica y a qué tienes derecho?
No todas las renuncias laborales son iguales; descubre cuándo esta te abre la puerta a una indemnización
MÉXICO.- Cuando se escucha renuncia, se piensa en automático en una salida discreta, con un apretón de manos y listo, pero la realidad, y la ley, indican que renunciar no significa perder lo que te corresponde, sobre todo si las condiciones laborales te llevaron al límite.
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), no todas las renuncias son iguales. Hay una línea muy fina, y legalmente clara, entre irse por decisión propia y verse obligado a irse porque el empleador incumplió, abusó o puso en riesgo tu integridad.
¿Cuándo una renuncia es por causa justificada?
No es cuestión de “malos días” o un jefe difícil, indica el diario especializado El Economista, sino que la LFT, en su artículo 51, enumera causas concretas que liberan al trabajador de toda responsabilidad y, lo más importante, le garantizan una indemnización completa. Entre ellas:
- Que el patrón engañe sobre las condiciones reales del empleo (dentro de los primeros 30 días)
- Actos de violencia, amenazas, hostigamiento o acoso por parte del empleador, sus familiares o representantes
- Presión para cometer actos que humillen o degraden la dignidad humana
- Reducción salarial o no pago en fecha o forma pactada
- Daño intencional a tus herramientas de trabajo
- Falta de medidas de seguridad que pongan en riesgo tu vida o salud
- Negligencia que comprometa la seguridad del centro de trabajo
Si viviste algunas de estas situaciones y renunciantes, esta fue justificada y el patrón tiene la obligación de responder económicamente.
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¿Cuánto te deben pagar por una renuncia justificada?
La indemnización no es simbólica, pero varía según el tipo de contrato y tiempo laborado, según el artículo 50 de la LFT:
- Contrato por tiempo determinado menos de 1 año: 50% de los salarios del tiempo trabajado
- Contrato más de 1 año: 6 meses de salario por el primer año más 20 días por cada año adicional
- Contrato por tiempo indeterminado: 20 días de salario por cada año trabajado
Pero hay más, el trabajador tiene hasta 30 días después de ocurrida la causa para separarse y aún así reclamar:
- 3 meses de salario adicional
- Salarios vencidos
- Intereses, si aplica
Y eso sin contar el finiquito, que, según Factorial, incluye el pago proporcional de prestaciones como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y, si aplica, la prima de antigüedad.
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¿Y si me voy por una mejor oferta?
Si renuncias por crecimiento profesional o una nueva oportunidad (y no hay malas prácticas detrás), el escenario cambia y no hay indemnización, pero sí finiquito obligatorio.
Eso incluye aguinaldo proporcional, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional y, tras 15 años en la empresa, la prima de antigüedad.
Ni siquiera firmando un documento puedes renunciar a lo que la ley te da. Como señala la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet):
La empresa tendrá que abonar una indemnización por retraso de un día de salario por cada día que pague tarde”.
Y si no cumple, la multa puede ir desde los 5,657 a 565,700 pesos, según la Ley Federal del Trabajo.
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