¿Renunciar sin consecuencias? Buscan incluir el “despido silencioso” como causa legal para rescindir el contrato y recibir indemnización
Si la propuesta avanza, el trabajador podría renunciar con derecho a liquidación de prestaciones

MÉXICO.- Prácticas como ignorar sistemáticamente tus propuestas, quitarte funciones sin explicación o excluirte de reuniones clave, pueden ser una estrategia que busca que renuncies y a la que se le conoce como “despido silencioso”.
Esta práctica podría dejar de ser un abuso invisible para convertirse en un derecho reconocido por la ley, ya que los diputados buscan incluirlo como una causa de despido, para que los trabajadores tengan derecho a una indemnización.
El legislador Armando Corona Arvizu (Morena) impulsa una iniciativa que busca incorporar el “despido silencioso” como una causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador, es decir, con derecho a indemnización.
Esta práctica representa una forma moderna y encubierta de despido injustificado que traslada injustamente al trabajador las consecuencias económicas, emocionales y jurídicas de una decisión que, en los hechos, proviene del empleador”, mencionó Corona Arvizu, según lo publicado por El Economista.
¿Qué es el “despido silencioso”?
No es un despido formal, pero sí una estrategia sutil para forzar la salida del empleado. Entre sus señales más comunes están:
- Aislamiento intencional
- Aumento o reducción arbitraria de la carga laboral
- Ignorar propuestas y retroalimentación
- Asignar tareas irrelevantes
- Exclusión de decisiones o proyectos clave
La iniciativa propone definirlo así en la Ley Federal del Trabajo (LFT):
Se configura el despido silencioso cuando el patrón, sin rescindir formalmente la relación laboral, realice de manera reiterada conductas u omisiones tendientes a deteriorar, aislar o degradar las condiciones de trabajo, con el objeto o efecto de inducir la renuncia del trabajador.”
¿Qué conductas podrían considerarse despido silencioso?
Entre otras, se proponen incluir como causal:
- Retiro injustificado o progresivo de funciones
- Exclusión sistemática de actividades o decisiones laborales
- Negativa a brindar herramientas o información necesaria
- Cambios unilaterales y desfavorables en horarios o funciones
- Trato indiferente, degradante u omisivo prolongado
“Ninguna renuncia debe ser producto del miedo, el desgaste o la humillación. Reconocer el despido silencioso como causa de rescisión sin responsabilidad para el trabajador tiene como finalidad devolver el equilibrio a la relación laboral, impedir que se normalicen prácticas abusivas y garantizar que las consecuencias legales recaigan en quien realmente genera la ruptura del vínculo laboral”, subraya el legislador.
¿Qué ganaría el trabajador?
Si la propuesta avanza, el trabajador podría renunciar con derecho a:
- Liquidación de prestaciones
- Tres meses de salario
Indemnización:
- 20 días de salario por cada año trabajado (contratos por tiempo indefinido)
Para contratos por tiempo determinado:
- Si tiene menos de un año: Mitad del salario correspondiente al tiempo laborado
- Si supera el año: 6 meses por el primer año + 20 días por cada año adicional
¿Cuán común es el fenómeno?
Una encuesta de OCC revela que el 58% de las víctimas de acoso laboral termina renunciando, más de la mitad por desgaste, no por elección.
Y según WeRemote, hay 10 señales claras de que estás siendo objeto de esta práctica: desde la falta de retroalimentación hasta ser asignado a un puesto de menor rango sin justificación.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos

Esto te corresponde de aguinaldo en 2025, si ganas el salario mínimo

Prima de antigüedad: Todo lo que debes saber sobre esta prestación, reconocida por la Ley Federal del Trabajo

¿Cuándo se paga la prima de antigüedad a los trabajadores y a cuánto equivale la prestación? La Ley Federal del Trabajo lo aclara

Consejos para que el aguinaldo no se desperdicie, según la Condusef

Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados