SAT desmiente congelación masiva de cuentas y aclara que no hay calendario generalizado para visitas domiciliarias, tras publicaciones en medios de comunicación
Medios de comunicación difundieron falsamente que la autoridad tributaria visitaría los domicilios de pensionados y jubilados para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), desmintió lo publicado en varios medios de comunicación, donde se afirma que se congelarán cuentas bancarias de forma masiva y que se visitarán domicilios.
La autoridad tributaria aseguró que no lleva a cabo ningún mecanismo masivo para congelar cuentas bancarias, ni tiene un calendario generalizado o arbitrario de visitas domiciliarias.
El SAT reitera su compromiso de recudir la evasión y la elusión fiscal, combatir la corrupción y fortalecer la cultura contributiva, mediante una actuación responsable, legal y respetuosa de los derechos de las y los contribuyentes”, expresó el SAT en una tarjeta informativa.
¿El SAT realmente puede congelar cuentas?
Medios de comunicación informaron en publicaciones recientes, que supuestamente la autoridad tributaria congelaría cuentas bancarias en diciembre, de usuarios con adeudos o inconsistencias fiscales.
Aunque el SAT sí tiene esta facultad establecida en el Código Fiscal de la Federación (CFF), esto no se realiza de forma masiva, ni exclusivamente durante el mes de diciembre.
Los casos en los que la autoridad fiscal sí puede aplicar la medida son:
- Falta de pago de impuestos. Si el contribuyente no cubre sus obligaciones en los plazos establecidos
- Declaraciones omitidas. Cuando no se declara mensualmente o cada año, a pesar de tener la obligación
- Créditos fiscales firmes. Si hay deudas que ya no se pueden impugnar
- Incumplimiento de requerimientos. Si no se atienden notificaciones o solicitudes de información del SAT
¿El SAT realiza visitas a domicilio masivas?
Otra de las facultades del SAT son las visitas domiciliarias, pero estas no se hacen de forma masiva o aleatorias, sino que siempre provienen de una orden oficial.
Medios de comunicación aseguraron que las autoridades realizaban visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de diversas obligaciones fiscales.
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En caso de que el SAT haga una visita domiciliaria, debe cumplir con ciertos requisitos formales, como son:
- Una orden por escrito, fundada y motivada, emitida por la autoridad competente y con firma autógrafa del funcionario
- La orden debe especificar claramente el lugar o lugares de visita, el nombre del contribuyente y el objetivo de revisión
- Los funcionarios deben identificarse con credenciales oficiales y el contribuyente puede verificar su identidad en el sistema del SAT
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