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¿Es legal que los despachos de cobranza publiquen fotos de deudores? La Condusef lo aclara

Publicar imágenes en redes sociales o incluir a los deudores en “listas negras”, vulneran la privacidad y la dignidad de las personas, precisa la dependencia federal

¿Es legal que los despachos de cobranza publiquen fotos de deudores? La Condusef lo aclara

MÉXICO.- En un entorno marcado fuertemente por las tendencias digitales, algunas prácticas de cobranza han llegado al nivel de publicar fotografías de los deudores, por lo que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclara si esto es legal o no.

La dependencia federal fue contundente al establecer que difundir fotografías, identificaciones oficiales u otros datos personales con el fin de presionar al deudor no solo es inapropiado, sino ilegal.

Este tipo de acciones, como colocar copias del INE en las puertas de viviendas, publicar imágenes en redes sociales o incluir a los deudores en “listas negras”, no solo vulneran la privacidad y la dignidad de las personas, sino que también constituyen una violación directa a la normativa mexicana en materia de protección al consumidor financiero, según lo publicado por el diario especializado El Economista.

La cobranza debe ser respetuosa y confidencial

La cobranza se tiene que manejar de manera respetuosa y dirigirse únicamente al interesado, que es el deudor”, explica Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor.

La Condusef, menciona que los despachos de cobranza, empresas contratadas por bancos y entidades financieras para recuperar cartera vencida de forma extrajudicial, no pueden evidenciar públicamente al deudor bajo ninguna circunstancia. Esto incluye:

  • Publicaciones en redes sociales o medios masivos
  • Carteles en vía pública
  • Listas negras digitales o físicas
  • Uso de imágenes o datos sensibles sin consentimiento

Alan Ramírez, presidente de la Asociación de Profesionales de Cobranza y Servicios Jurídicos (Apcob), lo reconoció recientemente: “Las compañías del sector deben tratar con respeto a los usuarios y dejar atrás prácticas poco éticas y el hostigamiento”.

Las quejas crecen: 23,516 en nueve meses

Pese a estar prohibido, estos abusos siguen ocurriendo con frecuencia. De acuerdo con datos del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), solo entre enero y septiembre de 2025 la Condusef recibió 23,516 reclamaciones relacionadas con malas prácticas de cobranza, un incremento del 36.9% respecto al mismo periodo de 2024.

En el rubro específico de exposición pública del deudor, se registraron 381 quejas, lo que representa un 7.3% más que en 2024.

¿Qué más prohíbe la ley a los despachos de cobranza?

La Condusef enumera una larga lista de acciones que están estrictamente prohibidas, como:

  • Usar nombres similares a instituciones públicas
  • Llamar desde números confidenciales u ocultos
  • Amenazar, ofender o intimidar (incluido a familiares o terceros)
  • Enviar documentos falsos que simulen ser actos judiciales
  • Solicitar pagos directos al despacho (fuera de los canales autorizados)
  • Contactar a menores de edad o adultos mayores (salvo que sean deudores)
  • Realizar cobranza con grabaciones sin consentimiento
  • Presionar a personas que no tienen relación con la deuda

La institución recuerda que cualquier ciudadano puede presentar una queja formal contra un despacho o entidad financiera a través del Redeco, y recibir respuesta por el mismo sistema.

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