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SAT gana: SCJN ordena a Nueva Elektra del Milenio pagar 67 millones de pesos a Hacienda

La Suprema Corte determinó que Nueva Elektra del Milenio debe pagar 67 millones de pesos al confirmar que el SAT puede fiscalizar a cada empresa de forma individual, incluso si forma parte de un grupo corporativo.

SAT gana: SCJN ordena a Nueva Elektra del Milenio pagar 67 millones de pesos a Hacienda

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que Nueva Elektra del Milenio, S.A. de C.V. debe cubrir un adeudo de 67 millones de pesos a la Secretaría de Hacienda, luego de determinar que la empresa declaró una pérdida fiscal mayor a la real correspondiente al ejercicio 2012.

De acuerdo con El Universal, la resolución se aprobó con seis votos a favor durante la discusión del amparo en revisión 3842/2024, elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama. Con ello, el pleno revocó el amparo que un tribunal federal había concedido a la empresa de Ricardo Salinas Pliego en marzo de 2024.

Lenia Batres es la ministra con el salario más bajo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Crédito: Especial/Banco digital GH

¿Por qué la SCJN revocó el amparo?

El Tribunal Colegiado había eximido a la empresa del pago bajo el argumento de que formaba parte del conglomerado Grupo Elektra, el cual, según la sentencia, sí había cumplido sus obligaciones fiscales. Sin embargo, la Corte determinó que este criterio no aplica.

  • El SAT puede fiscalizar a cada empresa de manera individual, aunque pertenezca a un grupo corporativo.
  • Ser parte de un conglomerado no exime a una empresa de cumplir con sus propias obligaciones.
  • La autoridad fiscal no está limitada a revisar exclusivamente a la empresa controladora.

Durante la sesión, los ministros coincidieron en que el SAT cuenta con un marco legal claro para actuar. El ministro Giovanni Figueroa señaló:

La obligación de presentar la declaración fiscal no le impide a la autoridad verificar el cumplimiento de las obligaciones individuales de las empresas del grupo, de cada una de ellas, de manera individual, si así lo considera necesario. En la ley, la autoridad fiscal no se encuentra limitada a fiscalizar solo a la empresa controladora”.

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La inconformidad de Hacienda y los antecedentes del caso

Tras el amparo otorgado en marzo de 2024, la Secretaría de Hacienda presentó un recurso ante la SCJN. La dependencia sostuvo que ninguna empresa está exenta de fiscalización, aun cuando se encuentre bajo una estructura corporativa más grande.

Antecedentes relevantes

  • El Tribunal Colegiado había otorgado el amparo bajo el argumento de que Grupo Elektra sí pagó impuestos.
Ilustrativa de archivo (Banco digital GH)
  • Hacienda respondió que la legislación fiscal obliga a cada empresa a rendir cuentas por separado.
  • El caso llegó a la Corte para determinar si existía materia constitucional en disputa.

¿Quiénes votaron en contra y por qué?

Tres integrantes del pleno se manifestaron en contra del proyecto: Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Irving Espinosa. Su postura no se centró en el pago del adeudo, sino en el alcance constitucional del asunto.

La SCJN invalidó normas de Morelos que imponían multas por dormir en la vía pública. | Captura de pantalla


Posturas de los ministros disidentes

La ministra Loretta Ortiz sostuvo:

A mi juicio, no subsiste una cuestión propiamente de constitucionalidad. No significa que el asunto quede impune, sino que no somos la autoridad que debe atender este asunto, porque se trata de un orden legal y no constitucional”.

La ministra Yasmín Esquivel votó en el mismo sentido, argumentando que ya existe jurisprudencia que el Tribunal Colegiado utilizó en su resolución.

El ministro Irving Espinosa explicó que su desacuerdo no representa un rechazo a las facultades del SAT:

Reconozco la facultad de las autoridades fiscales de observar el cumplimiento de contribuciones y obligaciones que tenga cada persona física y moral, pero me parece una incongruencia, particularmente el artículo 37”.

Frente a los cuestionamientos, la ministra Estela Ríos respondió:

“Se trata de una obligación constitucional que tenemos todos los mexicanos, la de contribuir al gasto público. Es un sustento constitucional, todos estamos obligados a hacer contribuciones y eso viene en el artículo 31 de la Constitución”.

¿Qué implica esta resolución?

  • ¿El SAT puede fiscalizar a una empresa aunque sea parte de un grupo mayor? Sí. La Corte ratificó esta facultad.
  • ¿Un amparo previo puede eliminar el pago de impuestos si la empresa matriz ya cumplió? No. Cada empresa responde por sus obligaciones individuales.
  • ¿La resolución afecta el resto de los casos fiscales de Grupo Salinas? No se abordó en esta discusión; la sentencia se limita a Nueva Elektra del Milenio y al ejercicio 2012.

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