SAT aumenta su lista negra y mete a cientos de contribuyentes más, algunos por huachicol fiscal
El SAT publicó el listado de nombres en su portal y en el Diario Oficial de la Federación.

CIUDAD DE MÉXICO. — El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la incorporación de 141 contribuyentes a la lista negra de presuntos emisores de comprobantes fiscales por operaciones inexistentes, conocidos como “factureros”.
Entre ellos se encuentran personas físicas y morales relacionadas con el contrabando de combustibles, actividad comúnmente llamada huachicol fiscal.
Los domicilios fiscales de estas empresas se ubican en Tabasco, Puebla, Nayarit, Michoacán, Sonora, Querétaro, Veracruz y en la alcaldía Benito Juárez, en la Ciudad de México.
Los nombres, razones sociales, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), actividades principales y motivos de procedimiento fueron publicados tanto en el portal del SAT como en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

SAT engrosa su lista negra
Este listado representa el mayor número de contribuyentes señalados hasta la fecha como resultado de las acciones de fiscalización emprendidas por el SAT.
El organismo informó que continúa reforzando las revisiones para detectar a quienes incumplen las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF).
¿Qué pasará con los contribuyentes que salen en la lista?
Los contribuyentes incluidos en la lista tendrán 15 días hábiles para presentar las pruebas que desvirtúen los hechos que motivaron su inclusión.
Deberán entregar directamente a las oficinas del SAT un escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal, donde manifiesten lo que consideren conveniente.
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Al escrito deberán anexar la documentación que respalde su defensa y que permita desvirtuar los hechos señalados en el oficio individual.
Consecuencias de permanecer en el listado
Si las pruebas no son presentadas o no resultan suficientes, el SAT mantendrá de forma definitiva a los contribuyentes en el listado global de evasores.
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Esto implica que los señalados emitieron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar servicios o producir los bienes que dichos comprobantes amparan.
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