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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la constitucionalidad de obligar a todos los vehículos a contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la obligación de que todos los vehículos en Puebla cuenten con un seguro de responsabilidad civil.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la constitucionalidad de obligar a todos los vehículos a contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros

CIUDAD DE MÉXICO.-En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la constitucionalidad de obligar a todos los vehículos a contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, marcando un precedente crucial para la seguridad vial en México.

El fallo en cifras y hechos

  • Fecha del fallo: Este lunes.
  • Votación: 6 votos a favor contra 3.
  • Objeto de la decisión: Una reforma de diciembre de 2023 a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.
  • Decisión central: Declarar constitucional la prohibición de circular en Puebla sin un seguro de responsabilidad civil.

El debate: Derechos humanos vs. Seguridad vial

La controversia llegó a la Corte porque la Comisión de Derechos Humanos de Puebla (CDHP) impugnó la reforma, argumentando que violaba dos derechos fundamentales:

  1. El libre tránsito: Alegaban que obligar a tener un seguro restringe la libertad de moverse.
  2. La libertad contractual: Argumentaban que se obliga a las personas a contratar un servicio específico.

La mayoría de los ministros rechazó estos argumentos, estableciendo una postura clara:

  • No hay restricción al libre tránsito: La Corte determinó que la obligación no es una restricción a la persona, sino un requisito para usar un medio de transporte específico (el vehículo motorizado). Cualquier persona puede desplazarse libremente a pie, en bicicleta o en transporte público.
  • Es una medida para garantizar derechos: El fallo subraya que el Estado tiene la obligación de garantizar una movilidad segura. Dado que los accidentes de tránsito son diarios y causan daños materiales, lesiones e incluso muertes, el seguro es una herramienta “eficaz” para asegurar una reparación integral de los daños a las víctimas.

La postura de la minoría: Un llamado a la realidad social

Tres ministros votaron en contra, encabezados por el Ministro Presidente Hugo Aguilar y secundados por la Ministra María Estela Ríos. Su postura se centró en un matiz de equidad social:

  • Argumentaron que la obligación debe considerar la realidad económica desigual en el país, especialmente en zonas rurales, donde una persona puede haber hecho un gran esfuerzo para adquirir un vehículo y el costo adicional de un seguro podría representar una carga económica insostenible.
  • La Ministra Ríos enfatizó el mandato de impartir una "justicia cercana al pueblo“, recordando que las condiciones no son las mismas para todos.

El contexto nacional y otra decisión importante

El fallo sienta un precedente, pero es importante entender el panorama más amplio:

  • Múltiples legislaciones estatales: Muchos estados ya tienen leyes que exigen el seguro, pero con diferentes alcances y matices. Esta es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre su constitucionalidad.
  • Falta de una ley general: La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de 2023 no establece esta obligación a nivel nacional, dejándolo en manos de los estados.
  • Transporte federal: Para el autotransporte federal (camiones de carga y pasajeros), el seguro forzoso ya es obligatorio desde 2013.

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En la misma ley, la Corte anuló otra sanción:

La SCJN invalidó por desproporcionada la cancelación de la licencia de conducir hasta por 10 años para quienes circularan sin seguro en Puebla. Esta sanción también aplicaba para quienes no tuvieran licencia, placas, hologramas o tarjeta de circulación. La Corte consideró que una sanción de tal magnitud y duración no era equilibrada para la falta cometida.

Un hito en la legislación vial

El aval de la SCJN al seguro obligatorio en Puebla es un punto de inflexión que:

  1. Refuerza la protección a las víctimas de accidentes de tránsito, asegurando que exista un respaldo económico para la reparación de daños.
  2. Sienta un precedente jurídico que probablemente impulsará o fortalecerá legislaciones similares en otros estados de la República.
  3. Equilibra los derechos individuales con la responsabilidad colectiva, priorizando el derecho a una movilidad segura sobre una interpretación absoluta de la libertad contractual y de tránsito.

El debate, sin embargo, deja en evidencia el desafío pendiente: cómo implementar esta obligación de manera que sea efectiva sin generar exclusiones económicas, un tema que seguramente seguirá en la agenda pública y legal.

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