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Si un trabajador muere, ¿qué prestaciones pueden reclamar los familiares? Esto dice la LFT en México

Cuando un trabajador fallece, su familia no queda desprotegida. La Ley Federal del Trabajo establece quiénes son los beneficiarios, qué prestaciones pueden reclamar y cómo hacerlo de forma legal y segura.

Si un trabajador muere, ¿qué prestaciones pueden reclamar los familiares? Esto dice la LFT en México

MÉXICO.- Cuando un trabajador fallece, la Ley Federal del Trabajo (LFT) protege a su familia y dependientes económicos. La ley establece una serie de prestaciones e indemnizaciones que los beneficiarios pueden reclamar ante el patrón o las autoridades laborales, dependiendo de las circunstancias del fallecimiento.

A continuación, te explicamos de manera clara y ordenada quiénes pueden reclamar, qué prestaciones les corresponden y cómo realizar el trámite legal.

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👨‍👩‍👧‍👦 ¿Quiénes son considerados beneficiarios legales?

De acuerdo con el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios con derecho a reclamar las prestaciones del trabajador fallecido son:

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 18 años, o mayores si tienen una discapacidad del 50 % o más.
  • Los hijos hasta de 25 años que estén cursando estudios en un plantel del sistema educativo nacional.
  • Los padres o ascendientes que dependían económicamente del trabajador.
  • La persona con quien vivió en concubinato durante al menos cinco años previos al fallecimiento o con quien tuvo hijos, siempre que ninguno estuviera casado durante ese tiempo.
  • En ausencia de los anteriores, otras personas que dependían económicamente del trabajador también pueden solicitar los beneficios.

💵 ¿Qué prestaciones pueden reclamar los beneficiarios?

Cuando ocurre la muerte del trabajador, los beneficiarios tienen derecho a recibir todas las prestaciones laborales que él o ella hubieran generado hasta el momento del fallecimiento. Entre ellas destacan:

Prestaciones laborales pendientes

  • Salarios devengados y no pagados.
  • Parte proporcional del aguinaldo.
  • Vacaciones no disfrutadas y prima vacacional.
  • Prima de antigüedad, cuando corresponda.
  • Otros beneficios pactados en el contrato individual o colectivo, como seguro de vida, fondo de ahorro o bonos.
Cuando ocurre la muerte del trabajador, los beneficiarios tienen derecho a recibir todas las prestaciones laborales que él o ella hubieran generado hasta el momento del fallecimiento.

Indemnizaciones por fallecimiento

Si la muerte se debió a un riesgo de trabajo, como un accidente o enfermedad laboral, la ley establece una compensación económica especial:

  • Indemnización equivalente a 5,000 días de salario.
  • Pago de gastos funerarios, generalmente equivalente a dos meses de salario.

Estas cantidades deben ser cubiertas por el patrón o, si el trabajador estaba afiliado al IMSS, por la institución de seguridad social correspondiente.

Según la LFT, los beneficiarios del difunto empleado tienen derecho a acceder a prestaciones. | Crédito: El Universal/Canva

⚖️ ¿Cómo se reclama este derecho?

Para poder recibir los pagos o indemnizaciones, los beneficiarios deben acreditar su relación con el trabajador y su dependencia económica. El procedimiento se realiza mediante un juicio de designación de beneficiarios, ante la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje.

Pasos generales:

  1. Reunir documentos como acta de defunción, identificación, actas que acrediten parentesco (matrimonio, nacimiento, etc.) y comprobantes de dependencia económica.
  2. Presentar la solicitud de designación de beneficiarios ante la Junta de Conciliación correspondiente.
  3. Una vez designados, podrán reclamar directamente al patrón o empresa el pago de las prestaciones pendientes.

Según el artículo 115 de la LFT, los beneficiarios tienen derecho a ejercer las acciones laborales y cobrar las prestaciones sin necesidad de un juicio sucesorio, lo que facilita el proceso.

⏳ ¿Cuánto tiempo tienen para reclamar?

Los plazos pueden variar dependiendo del tipo de prestación:

  • Prestaciones laborales (salarios, aguinaldo, vacaciones, etc.): hasta 1 año después del fallecimiento.
  • Recursos del Afore o fondos de retiro: los plazos pueden extenderse hasta 10 años, según la legislación aplicable.

Por ello, se recomienda acudir lo antes posible a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría gratuita y orientación sobre el trámite.

📞 Dónde pedir ayuda

La PROFEDET brinda asesoría gratuita a familiares de trabajadores fallecidos.Puedes contactarla en:

  • Teléfono: 800 717 2942
  • Sitio web: www.gob.mx/profedet
  • También puedes acudir a sus oficinas en todo el país.

🧭 En resumen

Si un trabajador fallece, sus beneficiarios pueden reclamar:

  • Los salarios y prestaciones pendientes.
  • Indemnización especial si el fallecimiento fue por riesgo laboral.
  • Gastos funerarios.
  • Recursos de ahorro y fondos de retiro.

Y tienen derecho a hacerlo sin necesidad de juicio sucesorio, siempre que acrediten su relación con el trabajador.

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