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Juez pide reinscribir al IMSS a empleado despedido injustificadamente por accidente de trabajo; ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo al respecto?

El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México, estableció que además de que el trabajador recupere su seguridad social, también deberá recibir prestaciones en especie y económicas a las que tiene derecho

Juez pide reinscribir al IMSS a empleado despedido injustificadamente por accidente de trabajo; ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo al respecto?

MÉXICO.- Un tribunal federal decidió que un trabajador despedido de forma injustificada, tras sufrir un accidente de trabajo con arma de fuego, fuera reinscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México, estableció que además de que el trabajador recupere su seguridad social, también deberá recibir prestaciones en especie y económicas a las que tiene derecho.

Estas medidas se tomaron mientras se resuelve el juicio de despido injustificado, con el propósito de que el trabajador esté protegido en este lapso, según publicó La Jornada.

De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el trabajador sufrió un accidente laboral derivado de una agresión con arma de fuego que le ocasionó múltiples fracturas.

Documentos médicos y constancias de incapacidad temporal presentados en la demanda indican que se prevén hasta 174 días de recuperación, pero sólo unos días después del incidente y aún dentro del periodo de incapacidad, el patrón dio por terminada la relación laboral.

El argumento del empleador fue que el trabajador “no se veía bien para seguir manejando un tracto camión”.

Una vez que se analizaron las pruebas, incluyendo informes médicos y documentos oficiales, el juez determinó que existen indicios razonables para sospechar que el despido fue motivado por la condición de salud del trabajador, lo que podría ser una forma de discriminación laboral.

En su resolución, el tribunal destacó que despedir a un empleado en recuperación por un accidente de trabajo “evidencia la existencia de posibles actos que pudieran atentar contra el derecho humano de gozar de la seguridad social”.

Por ello, el tribunal concedió la medida cautelar para garantizar que el trabajador continúe recibiendo atención médica, medicamentos, subsidios y otras prestaciones a las que tiene derecho por ley.

Se ordenó al patrón que, en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la notificación, realice la reinscripción del trabajador en el IMSS, mantenga su afiliación vigente y evite cualquier baja durante el proceso judicial. Se advirtió además que el incumplimiento de esta medida será sancionado conforme a derecho.

Asimismo, se requirió al IMSS que no dé de baja al trabajador del régimen de seguridad social o, en su caso, que lo reactive de inmediato para que continúe recibiendo los servicios médicos y económicos correspondientes.

Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el despido por accidente de trabajo

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México protege expresamente a los trabajadores que sufren accidentes laborales o enfermedades profesionales, por lo que el despido de un trabajador incapacitado, puede constituir un despido injustificado.

Dicha ley establece que es causa de despido injustificado la terminación de la relación laboral por enfermedad o accidente del trabajador, cuando no exista incapacidad permanente total o parcial que impida absolutamente el desempeño del trabajo que venía realizando.

El artículo 498 señala que durante la incapacidad temporal derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador tiene derecho a que se le conserve el empleo.

Esto significa que el patrón no puede despedirlo mientras esté incapacitado, salvo que exista una incapacidad permanente total que imposibilite absolutamente el desempeño de sus funciones.

La ley refuerza que durante el periodo de incapacidad por riesgo de trabajo, el trabajador no puede ser despedido, y que cualquier despido en estas circunstancias será considerado injustificado, lo que obliga al patrón a pagar una indemnización equivalente a tres meses de salario, más los salarios caídos desde el despido hasta la reinstalación, o bien, a reinstalarlo en su puesto si el trabajador lo solicita.

Además, el artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho de los trabajadores a la seguridad social, incluyendo atención médica, protección de la salud y prestaciones económicas en casos de accidente o enfermedad.

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