¿Quién puede reclamar el dinero ahorrado en una Afore, cuando el titular muere y cómo hacerlo?
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) establece, en coordinación con el IMSS o del Issste, el procedimiento por el cual los familiares designados pueden reclamar su dinero

MÉXICO.- Cuando un trabajador muere, el dinero ahorrado en la cuenta individual de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), puede ser reclamado por sus seres queridos, quienes son beneficiarios.
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) establece, en coordinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), el procedimiento por el cual los familiares designados pueden reclamar su dinero.
Quiénes tienen derecho a cobrar el ahorro del Afore
El SAR reconoce dos tipos de beneficiarios:
1. Beneficiarios legales, determinados por el IMSS o Issste:
- Viuda o viudo
- Hijos menores de 16 años. Si tienen entre 16 y 25 años, deben acreditar que están estudiando; si son mayores de 25, deben demostrar que no pueden mantenerse por sí mismos
- Concubina o concubinario, siempre que se acredite una unión de hecho estable y sostenida, en ausencia de matrimonio.
2. Beneficiarios sustitutos
Pueden ser familiares o personas ajenas al círculo familiar, siempre que hayan sido designados formalmente por el titular de la cuenta
Su reconocimiento debe tramitarse ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante una resolución que acredite su derecho, indica Infobae
Pasos para reclamar el ahorro del Afore
- Obtener la resolución de beneficiario
- Beneficiarios legales: Acudir a la subdelegación del IMSS o al área de Prestaciones Económicas del Issste con la documentación correspondiente
- Beneficiarios sustitutos: Iniciar el trámite ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
- Acudir a la Afore donde estaba registrado el trabajador
- Presentarse en una oficina de atención o realizar el trámite en línea, según la institución
- Llenar el Formato de Disposición de Recursos
Entregar la documentación requerida:
- Número de Seguridad Social (NSS) del fallecido
- Identificación oficial vigente del beneficiario
- Acta de nacimiento del beneficiario
- CURP del beneficiario
- Acta de defunción del titular
- Comprobante de domicilio reciente, no mayor a 3 meses
- Estado de cuenta bancario con clabe interbancaria a nombre del beneficiario
- Estado de cuenta o certificación de saldos de la Afore
- Formato de designación de beneficiarios, en caso de aportaciones voluntarias
Cómo se entrega el dinero
Una vez que la Afore revisa y aprueba la documentación, los recursos se entregan en un solo pago a cada beneficiario, directamente en la cuenta bancaria indicada.
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