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¿Planeas pensionarte? Descubre con estos pasos si perteneces a la Ley 73 o 97

Existen varias formas de conocer bajo qué Ley del Seguro Social se cotizó, porque esto tendrá un impacto directo en la pensión que se recibirá cuando llegue el momento del retiro laboral

¿Planeas pensionarte? Descubre con estos pasos si perteneces a la Ley 73 o 97

MÉXICO.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuenta con dos regímenes de pensión, por lo que es importante que se conozcan las diferencias, ya que cada uno tiene características distintas.

Existen varias formas de conocer bajo qué Ley del Seguro Social se cotizó, porque esto tendrá un impacto directo en la pensión que se recibirá cuando llegue el momento del retiro laboral.

¿Cómo saber a qué régimen perteneces?

Una forma sencilla de identificar tu régimen es con base en la fecha en que comenzaste a cotizar al IMSS:

Ley del Seguro Social de 1973

  • Si comenzaste a cotizar antes del 1º de julio de 1997

Ley del Seguro Social de 1997

  • Si empezaste a cotizar a partir del 1º de julio de 1997

Otras formas de consultar tu régimen

  1. Revisa tu estado de cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), que recibes cada cuatro meses. En él podrás encontrar información clave sobre tu régimen y saldo en tu cuenta individual.
  2. Solicita tu Constancia de Vigencia de Derechos del IMSS, donde aparece la fecha exacta en que iniciaste tus cotizaciones.

Este trámite puede hacerse en línea, para lo que debes seguir estos pasos, de acuerdo con Pensionissste:

Ingresa a la página https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/gestionAsegurados-web-externo/vigencia

Para el trámite, debes tener a la mano:

  1. Número de Seguridad Social (NSS)
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP)
  3. Correo electrónico

Características del régimen bajo la Ley 73

  • La pensión se calcula con el promedio del salario de las últimas 250 semanas cotizadas.
  • Requisito mínimo: 500 semanas cotizadas
  • Puedes consultar tus semanas aquí: https://www.imss.gob.mx/derechoH/semanas-cotizadas
  • Edad para pensionarte: A partir de los 60 años, con un porcentaje mínimo del 75% de la pensión o a los 65 años con el 100% de la pensión
  • La pensión es pagada por el gobierno Federal a través del IMSS
  • Tu Afore te entregará los ahorros de las subcuentas SAR 92-97, Retiro 97 e Infonavit 1997 (según los lineamientos vigentes)

Modalidades de pensión

  1. Pensión por cesantía en edad avanzada: Entre 60 y 64 años, baja del régimen obligatorio
  2. Pensión por vejez: A partir de los 65 años, con baja ante el IMSS y dentro del periodo de conservación de derechos

Características del régimen bajo la Ley 97

  • La pensión depende del saldo acumulado en tu Cuenta Individual Afore
  • Requisitos de semanas cotizadas: 850 semanas en 2025
  • Incremento anual de 25 semanas hasta alcanzar 1,000 semanas en 2031
  • El pago de la pensión lo realiza: La aseguradora elegida (Renta Vitalicia) o la Afore (Retiros Programados) o el gobierno Federal (IMSS) en caso de activarse la Pensión Mínima Garantizada

Modalidades de pensión

  • Pensión por retiro anticipado: Si no cumples edad o semanas, pero tienes saldo suficiente para una renta vitalicia
  • Pensión por cesantía en edad avanzada: A partir de los 60 años y con al menos 850 semanas cotizadas
  • Pensión por vejez: A partir de los 65 años y con al menos 850 semanas cotizadas

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