¿Qué trabajadores pueden comprar semanas de cotización ante el IMSS?
Comprar semanas de cotización ante el Instituto está fuera de la ley, incluso si alguien lo hace puede enfrentar serias consecuencias como la pérdida de semanas acumuladas y hasta la pérdida del derecho a una pensión

MÉXICO.- Las semanas que se cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), establecen el tiempo en el que un trabajador podrá pensionarse, ya que éste es uno de los requisitos indispensables.
Comprar semanas de cotización ante el Instituto está fuera de la ley, incluso si alguien lo hace puede enfrentar serias consecuencias como la pérdida de semanas acumuladas y hasta la pérdida del derecho a una pensión.
Cuándo el IMSS sí puede vender semanas de cotización
Comprar semanas de cotización no es como parece, sino que se refiere a la posibilidad de que un trabajador realice aportaciones voluntarias al Instituto, para completar el número de semanas requeridas para obtener beneficios como la pensión o la incapacidad, entre otros.
Esto es posible bajo el esquema de Modalidad 40, donde trabajadores que colaboraban para la formalidad, se trasladaron a la informalidad y por lo tanto ya no pertenecen al Régimen Obligatorio.
Esto significa que para continuar con los beneficios del IMSS, los trabajadores independientes deben hacer aportaciones que les permitan seguir cotizando, y por lo tanto, acumulando semanas de cotización.

Sin embargo, no se pueden “comprar” semanas de manera retroactiva como tal, sino que se deben realizar aportaciones efectivas conforme al calendario del IMSS, como ocurre con la mayoría de los trabajadores.
Quiénes pueden comprar semanas de cotización ante el IMSS
Las personas que pueden realizar aportaciones voluntarias son:
- Trabajadores independientes
- Jubilados que deseen mantener su derecho a servicios médicos
- Personas que hayan dejado de laborar y quieran mantener su calidad de derechohabiente
Cómo se pueden sumar semanas de cotización
- Acudir a una Subdelegación del IMSS
- Presentar la identificación oficial, Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio y documentos que acrediten el ingreso (como estados de cuenta)
- Elegir el salario base de cotización (mínimo o mayor al mínimo, según el ingreso que se declare)
- Realizar el pago mensual correspondiente ante instituciones autorizadas (bancos, tiendas de conveniencia, etc.)

No todos los trabajadores pueden sumar semanas de cotización
Para acceder a una pensión por vejez o invalidez, es necesario haber cotizado un número mínimo de semanas (500 semanas para pensiones actuales), pero no se pueden “comprar” todas esas semanas de golpe.
El sistema exige que las semanas sean cotizadas conforme al tiempo real de trabajo o mediante aportaciones periódicas y verificables, que serán voluntarias y con el fin de obtener una pensión para cuando llegue el momento de la jubilación, según lo establece la Ley del Seguro Social.
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