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Esto puede costarte estacionarte en cajones para discapacitados en CDMX

Para muchas personas ocupar estos lugares parece fácil, olvidándose de la importancia de dejar libre este espacio para quienes realmente lo necesitan por tema de accesibilidad

Esto puede costarte estacionarte en cajones para discapacitados en CDMX

MÉXICO.- Seguramente en más de una ocasión al visitar un centro comercial o estacionamiento, has notado los cajones exclusivos para personas con discapacidad.

Para muchas personas ocupar estos lugares parece fácil, olvidándose de la importancia de dejar libre este espacio para quienes realmente lo necesitan por tema de accesibilidad.

Esta práctica incluso es sancionada por autoridades, quienes pueden aplicar una multa por utilizar un cajón de personas con discapacidad, sin requerirlo y aquí te decimos de cuánto puede ser.

¿Por qué se prohíbe estacionarse en los cajones azules?

Por premura, urgencia o practicidad, resulta fácil ocupar un cajón exclusivo sin necesitarlo. Y aunque sea por solo unos minutos, nunca sabes en qué momento puede llegar un automóvil que tenga derecho a utilizarlo.

Parte de ser buenos conductores implica hacer conciencia sobre las dificultades que conlleva una discapacidad, por ejemplo, el dolor al realizar un viaje o la incomodidad de hacer acciones básicas como bajar y descender del vehículo.

Por suerte, identificar los cajones para personas con discapacidades es fácil: Están más cerca de las puertas de acceso y son de color azul con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA), figura de color blanco que representa a una persona en silla de ruedas.

En algunos casos, dichos lugares se encuentran marcados con líneas diagonales alrededor, esto para otorgar un espacio extra y permitir que los pasajeros abran las puertas, monten y desmonten una silla de ruedas. También evitan golpes en los vehículos laterales.

¿De cuánto es la multa por ocupar los cajones para discapacitados?

De acuerdo con el Artículo 30 fracción XV, del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se prohíbe estacionar cualquier vehículo en cajones exclusivos para personas con discapacidades, que estén debidamente identificados por marcas en el pavimento o el señalamiento vertical.

Únicamente pueden ser ocupados por los automóviles que cuenten con una matrícula para discapacitados y aquellos que realicen el ascenso o descenso de personas con discapacidades por una permanencia máxima de 20 minutos.

Los conductores que no respeten la anterior disposición podrían ser sancionados con una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Es decir, una suma de entre 2 mil 262.8 y 3 mil 394.2 pesos.

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