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SAT: Éstas son las multas que se pueden aplicar por incumplir con declaración anual

Las multas económicas por incumplir con la declaración anual, van desde los mil 810 pesos, hasta los 44 mil 790 pesos, según el tiempo que haya transcurrido de la fecha límite y otras circunstancias

SAT: Éstas son las multas que se pueden aplicar por incumplir con declaración anual

MÉXICO.- A pocos días de haber concluido el periodo de declaración anual, los contribuyentes que no la hayan presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pueden ser sancionados según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Las multas económicas por incumplir con la declaración anual, van desde los mil 810 pesos, hasta los 44 mil 790 pesos, según el tiempo que haya transcurrido de la fecha límite y otras circunstancias, detalló el fiscalista Jesús Rodríguez Ambriz.

El último día para rendir cuentas al SAT sobre los ingresos obtenidos el año pasado y el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que haya resultado, fue el 30 de abril pasado.

De entrada, el experto mencionó que por declarar fuera del plazo establecido, la multa puede ir de mil 810 a 44 mil 790 pesos, según el CFF.

Pero, si además de la omisión, el SAT ya te envió un requerimiento para presentar la declaración, el monto va de entre 18 mil 630 y 36 mil 740 pesos.

Sin embargo, no son las únicas multas, advirtió, pues existen otras incluso para los que cumplieron a tiempo, pero no en forma.

Multas para declaraciones incompletas o con errores

Los errores se pagan al igual que las inconsistencias y con el SAT así sucede. Indicó que, si la declaración contiene errores o se presenta incompleta, las multas pueden variar entre cuatro mil 340 y 14 mil 230 pesos.

En caso de que el SAT detecte una omisión, la sanción puede ser del 5% al 20% sobre los ingresos no reportados.

Además de lo anterior hay recargos y actualizaciones sobre los tributos no pagados, los cuales se calculan conforme a las tasas establecidas por el Banco de México.

Otras consecuencias pueden ser restricciones fiscales, enfatizó, ya que puede llevar al bloqueo temporal de la e.firma o limitaciones para emitir facturas, afectando la actividad económica del contribuyente incumplido.

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