Estas personas no recibirán utilidades en mayo
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho reconocido en la Ley Federal del Trabajo, que corresponde al 10% de las ganancias obtenidas en el ejercicio fiscal anterior

MÉXICO.- A más tardar el 30 de mayo los trabajadores que colaboran con una persona moral, deberán recibir el pago de utilidades, mientras que quienes trabajan para una persona física, tienen hasta el 29 de junio para recibir este dinero.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho reconocido en la Ley Federal del Trabajo, que corresponde al 10% de las ganancias obtenidas en el ejercicio fiscal anterior.
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
- La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, considerando el número de días trabajados en el año
- La segunda en proporción a los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Trabajadores sin derecho al reparto de utilidades
A pesar de que éste es un derecho de los trabajadores, hay algunos que no tienen derecho a participar en las ganancias de la empresa y son:
- Trabajadoras domésticas
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón
Adicionalmente las empresas de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento no tienen la obligación de hacer reparto de utilidades y tampoco:
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- Instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
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