¿Se pueden embargar los depósitos de programas sociales? SAT lo aclara
La autoridad tributaria precisó que el dinero de los apoyos sociales, como la pensión de adultos mayores, por discapacidad o para mujeres, entre otros, no se pueden embargar

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), aclaró, ante las deudas y rumores sobre la seguridad jurídica del dinero que reciben los beneficiarios de programas sociales del Gobierno federal, si es posible embargar los depósitos de programas sociales.
La autoridad tributaria precisó que el dinero de los apoyos sociales, como la pensión de adultos mayores, por discapacidad o para mujeres, entre otros, no se pueden embargar.
Esto significa que ninguna autoridad, ya sea fiscal o judicial, puede embargar o congelar los recursos que se otorgan como parte de programas de apoyo sociales.
Así lo estableció el SAT en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el 2025, que es el documento que emite el SAT con las reglas para aplicar diversas disposiciones, aclaraciones y procedimientos.
Sirve para agrupar y clasificar la normatividad, así como facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, como la declaración anual, la forma de realizarlos, ya sean presenciales o electrónicos, con el fin de eliminar la tramitología.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos
¿El SAT te cobra impuestos por depósitos de más de 15 mil pesos al mes?
SAT: ¿Por qué no me deposita mi saldo a favor si ya hice la Declaración Anual 2025?
¡Que no se te pase! Si recibes remesas tienes que declararlas ante el SAT
Pensión del Bienestar: ¿Debo presentar la declaración anual del SAT si la recibo?