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¿Cómo tienes que proceder si eres beneficiario de la cuenta Afore de un familiar fallecido?

Es fundamental que los beneficiarios estén informados sobre estos procedimientos para asegurar una gestión adecuada de los recursos de la Cuenta Afore en caso de fallecimiento del titular

MÉXICO-. La Consar ha emitido recientemente información relevante a través de sus medios oficiales, abordando un tema que a menudo genera incertidumbre y preocupación entre los ciudadanos: ¿Cómo proceder si eres beneficiario de la cuenta Afore de un familiar fallecido?

Beneficiarios y procedimientos

En caso de fallecimiento de un familiar, los beneficiarios tendrán la posibilidad de disponer de los recursos acumulados en la Cuenta Afore del trabajador fallecido. Es fundamental entender que existen dos tipos de beneficiarios:

Beneficiarios legales:
  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 16 años (o mayores si no pueden mantenerse solos o están estudiando).
  • En ausencia de cónyuge, la concubina o el concubinario.
  • En ausencia de los anteriores, corresponde a cada uno de los ascendientes del trabajador si dependen económicamente de él. Estos beneficiarios son determinados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Beneficiarios sustitutos
  • En ausencia de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
  • Los designa directamente el trabajador en la Afore.
  • No necesariamente tienen que ser familiares.
Pasos a seguir para realizar el trámite:
  1. Acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del Issste para obtener la resolución de pensión correspondiente.
  2. En caso de ser Beneficiario Sustituto, dirigirse a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que lo designe como beneficiario, o recibir asesoría jurídica gratuita en la Profedet.
  3. Posteriormente, dirigirse a la Afore en la que estaba registrado el trabajador fallecido y completar el formato de Disposición de Recursos proporcionado por la Administradora.
  4. Una vez procesada la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario en una sola exhibición.
Requisitos:
  • Tener derecho a una pensión por parte del IMSS o Issste, o bien, haber sido designado beneficiario por parte de la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • Documento que contenga el Número de Seguridad Social del titular de la Cuenta emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
  • Identificación oficial, Acta de Nacimiento y CURP del titular de la Cuenta.
  • Certificado de Defunción.
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de 3 meses.

Es fundamental que los beneficiarios estén informados sobre estos procedimientos para asegurar una gestión adecuada de los recursos de la Cuenta Afore en caso de fallecimiento del titular.

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