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El Imparcial / Tijuana / Congreso del Estado BC

Publican en Periodico Oficial ley de suplentes de alcaldes  

De esta forma, la reforma entró en vigor el mismo día de ser aprobada por los diputados locales y con su publicación surge efecto de inmediato.

Luego de que el Congreso del estado aprobara la reforma al artículo 42 de la Ley de Régimen Municipal para que el gobernador sea quien proponga al suplente de los alcaldes cuando soliciten licencia al cargo y sea aprobado por el propio Congreso, en cuestión de horas y por la vía exprés, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado.

De esta forma, la reforma entró en vigor el mismo día de ser aprobada por los diputados locales y con su publicación surge efecto de inmediato.

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Específicamente, la reforma establece que cuando un alcalde pida licencia por más de 30 días, y el suplente no se presente, podrá ser elegido a través de una terna propuesta desde el Poder Ejecutivo

El Congreso sólo podrá rechazar dos propuestas que para tal efecto le haga llegar el Gobernador. En ese supuesto, el cabildo remitirá una tercera propuesta al Congreso.

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