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Juez y parte

“Una democracia sólida requiere una participación activa”

El Consejo Ciudadano Estatal de Seguridad Pública y los Comités Ciudadanos Municipales de Seguridad Pública son organismos formados a través de la Ley de Seguridad Pública Estatal.

Consecuentemente, son los únicos organismos ciudadanos con facultades legales para posicionar temas en materia de seguridad.

Más allá de proporcionar seguridad, la cual es responsabilidad de los gobiernos, su función es ser contrapeso en el tema de seguridad, como se ha venido haciendo a través de los años.

Al Consejo lo conforman quince miembros: ocho ciudadanos y siete gubernamentales, cumpliendo el mandato de ley que señala que su conformación debe ser mayoritariamente ciudadana.

A raíz de la creación de la Fiscalía General del Estado (FGE), y la consecuente extinción de la Procuraduría de Justicia y Secretaría de Seguridad Pública Estatal, en acuerdo con la FGE se decidió invitar al Tribunal Superior de Justicia para completar el séptimo miembro de los consejeros gubernamentales que había quedado vacante.

Quedaba pendiente la modificación del reglamento respectivo que reflejara el cambio, proceso que se hizo en coordinación y acuerdo con la FGE, que es el organismo cúpula para el Consejo del lado del sector gubernamental.

Una vez elaborado y acordado el nuevo reglamento, la FGE lo envió a la Secretaria General de Gobierno, perteneciente al Ejecutivo Estatal para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, en el entendido de que por ley el documento tiene que ser firmado y autorizado por el ejecutivo estatal.

Sin embargo, y de manera unilateral, sorpresiva y autoritaria, el documento publicado fue cambiado en su contenido por el Secretario General de Gobierno, licenciado Amador Rodríguez Lozano.

Adicional a algunas irregularidades que el documento presenta, los cambios hechos por Rodríguez Lozano le quitan la mayoría ciudadana que el Consejo debe tener, desintegrando la voz y el voto de los consejeros ciudadanos.

Adicional a los siete consejeros gubernamentales originalmente propuestos, el reglamento publicado incluye al gobernador, al mismo secretario de gobierno, al director de los centros penitenciarios del estado, y a catorce vocales.

Los cambios incorporados dejan al Consejo con ocho consejeros ciudadanos y diez gubernamentales, desapareciendo la mayoría representativa ciudadana que el Consejo legalmente debe tener.

Consecuentemente, con fecha del 18 de mayo, el Consejo presentó un amparado en los juzgados federales, solicitando la anulación del reglamento publicado y por consecuencia la publicación de un nuevo reglamento para conformar un Consejo Ciudadano de acuerdo a lo acordado originalmente con la FGE.

En la demanda presentada se reclama la inconstitucionalidad de los artículos 4,6,7,8,9 y 11 del reglamento publicado el 2 de abril del 2021, bajo los siguientes argumentos:

El reglamento demandado va en contra de lo ordenado en el articulo 81 de la Ley de Seguridad Pública Estatal, referente a su integración mayoritariamente ciudadana.

Igualmente, el término que los consejeros ciudadanos permanecen en su función son contradictorios entre sí, en algunos artículos dice tres años, en otros cuatro, dando pie que las actuaciones y resoluciones de los consejeros puedan ser afectadas de nulidad e ilegalidad.

El amparo ya fue aceptado, fijando audiencia constitucional para el 21 de junio.

Los preceptos fundamentales del Consejo son la preservación de la cultura de la legalidad y el estado de derecho, por lo que le anticipamos al Licenciado Rodríguez Lozano que presentaremos una lucha jurídica y social en contra de esta aberración jurídica e intromisión a los derechos ciudadanos.

*- El autor es Presidente del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado.

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