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Importación definitiva de vehículos usados

"Uno de los casos más comunes de impuestos discriminatorios es el de un derecho sobre la importación de una mercancía que puede producirse en el país, no acompañado de un impuesto equivalente sobre la producción nacional"JOHN STUART MILL 

El lunes 18 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados por parte del Gobierno Federal. Así las cosas, la regulación de los Vehículos extranjeros ya había sido regulada con anterioridad respecto al "Decreto por el que se modifica y prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados", sin embargo y considerando que a la fecha se siguen presentando diversas problemáticas, relacionadas con ingresar a territorio nacional vehículos usados de procedencia extranjera cuya legal estancia no ha sido tramitada conforme a las disposiciones legales aplicables, sobre todo en aquellos estados de la República cuyo territorio se encuentra comprendido en la región fronteriza norte y en el estado de Baja California Sur.

Debido a ello, y –en teoría- para lograr los propósitos de otorgar seguridad a todos los habitantes del país, así como seguir con el implementando mecanismos que coadyuven a las familias más necesitadas a obtener certeza jurídica sobre los vehículos que adquieran, resultó necesario fomentar la regularización de los vehículos usados de procedencia extranjera que no hayan tramitado su importación definitiva en los estados de la región fronteriza norte y en el estado de Baja California Sur. En dicho acuerdo en su primer artículo señala la elaboración de un programa incentive a las personas residentes en el país para que lleven a cabo la regularización de los vehículos usados, de procedencia extranjera que se encuentren en los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y en el estado de Baja California Sur, con base en el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente. En conjunto con la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) van a establecer las facilidades administrativas que se requieran para que las personas físicas, lleven a cabo acciones para la aplicación del decreto. De acuerdo con las secretarías que regulan la importación definitiva de vehículos usados, en conjunto expedirán las disposiciones de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación respecto al decreto publicado. Situación que sin duda alguna tiene muchas aristas, por un lado resulta necesario regularizar los "autos chocolate" pues con ellos son cometidos un sinnúmero de ilícitos y por otro lado éste decreto resulta un premio a la informalidad.

*- El autor es abogado fiscalista.

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