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Qué es la Ley de Hidrocarburos, cuya reforma suspendió el Poder Judicial

Por decisión del Poder Judicial, la secretaria de Energía, Rocío Nahle, dio a conocer que se suspende o se deja sin efectos la reforma sobre hidrocarburos.

CIUDAD DE MÉXICO.- Por decisión del Poder Judicial, la secretaria de Energía (Sener), Rocío Nahle, dio a conocer el aviso por el cual se suspende o se deja sin efectos la reforma hecha a la Ley de Hidrocarburos.

En el Diario Oficial de la Federación, la funcionaria afirmó que de acuerdo con el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República se otorgó la suspensión a los cambios que se publicaron el pasado 4 de mayo de 2021.

Por lo que "Durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del artículo 57, así como de los artículos cuarto y sexto transitorios del Decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos” de mayo pasado.

Reforma a Ley de Hidrocarburos queda sin efecto

Los cambios que quedan sin efecto y que se publicaron en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Hidrocarburos del 4 de mayo, permiten a la Secretaría de Energía o a la Comisión Reguladora de Energía quitar los permisos de transporte, almacenamiento, distribución o expendio al público de hidrocarburos y petrolíferos o petroquímicos cuando se compruebe que se adquirieron de forma ilícita.

Así como suspender permisos, intervenir u ocupar temporalmente las instalaciones de las empresas, como puede ser en casos de que se prevea un peligro a la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.

En el texto del Diario Oficial de la Federación se expuso que la publicación de la resolución del juez se da para hacerlo del conocimiento de la sociedad en general, pero la suspensión definitiva está vigente desde que se emitió la resolución del juez y no está sujeta a esta publicación.

Si bien se frena la aplicación de la reforma a la Ley de Hidrocarburo sigue el análisis del “acto reclamado mientras se resuelve el juicio de amparo del que deriva este incidente de suspensión”.

Ley de Hidrocarburos: De qué trata su reforma

La Ley de Hidrocarburos deriva de una iniciativa que el Ejecutivo Federal remitió el pasado 26 de marzo.

El documento reforma los artículos 51; 53, párrafo segundo; 56, fracción XI, y 57, y adiciona una fracción III al artículo 51, una fracción XII, pasando la actual fracción XII a ser fracción XIII, al artículo 56; el artículo 59 Bis, y un párrafo segundo a la fracción II del artículo 86, de la Ley de Hidrocarburos.

El objetivo es lograr el máximo factor de producción de los hidrocarburos y petrolíferos, garantizar el suministro de los mismos, en beneficio de las y los mexicanos, para alcanzar la seguridad y soberanía energéticas y contribuir al desarrollo nacional, teniendo como referencia que Petróleos Mexicanos (Pemex) es una empresa productiva del Estado mexicano.

Menciona que la caída de su producción nacional y el desabasto de combustibles de los últimos años, así como otros factores económicos y de salud pública, han ocasionado que el sector energético en México enfrente un momento muy difícil.

En ese sentido, añade, es necesario tener un marco jurídico robusto, por lo cual se coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal de actualizar y regular en Ley de Hidrocarburos: el almacenamiento mínimo de petrolíferos, negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos, revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones aplicables en materia de hidrocarburos y petrolíferos, contrabando de combustibles, y suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.

Además, la Comisión de Energía, a fin de dotar de certeza y seguridad jurídica respecto al procedimiento que se deberá llevar a cabo, previsto en el artículo 59 Bis, propuso eliminar los términos temporales o definitivos en la figura de la suspensión, salvaguardando el debido proceso.

Con ello, afirma, se dará certidumbre con respecto a las inversiones relacionadas al permiso, lo que coincide con diversas peticiones que realizaron los sectores involucrados durante el proceso de análisis de la iniciativa.

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