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Fonatur señala que no ha sido notificado sobre suspensión de Tren Maya

El Fondo precisó que con relación a la supuesta suspensión otorgada en contra del Tren Maya (Fonatur /INPI/Segob), no han sido notificados.   

CIUDAD DE MÉXICO.- El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) informó este martes que “no ha sido notificado de suspensión alguna” relacionada con los trabajos del Tren Maya.

El Fondo precisó que con relación a la supuesta suspensión otorgada en contra del Tren Maya (Fonatur /INPI/Segob), no han sido notificados.


Añadió que de acuerdo con el Poder Judicial de la Federación (PJF), se tiene conocimiento de una demanda de amparo presentada por Ernesto Martínez Jiménez, realizada ante el Juzgado Primero de Distrito del estado de Campeche, en donde que se señala como acto reclamado “la consulta y aprobación del proyecto denominado Tren Maya, derivado de la consulta indígena ordenada por el Poder Ejecutivo Federal”.

Ahí se señala como autoridades responsables al presidente Andrés Manuel López Obrador; al director de Fonatur, Rogelio Jiménez Pons; a la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; y al director del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, Adelfo Regino Montes.

EL UNIVERSAL consultó al Consejo de la Judicatura Federal y se negó la suspensión contra la obra.

Consultado sobre el tema, el director del Fonatur, dijo a esta casa editorial que en estrados aparece que la suspensión fue negada; sin embargo, agregó que de haber un acuerdo judicial distinto, lo desconocen porque no han sido notificados oficialmente.


Este martes se indicó que integrantes del Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (CRIPX), habrían obtenido del Juzgado Primero de Distrito, en el estado de Campeche, la suspensión provisional para efecto de que las obras del megaproyecto Tren Maya, no se ejecuten, en tanto se resuelve la suspensión definitiva.



La resolución de la Juez Primero de Distrito, Grissel Rodríguez Febles, está fechada el 14 de enero pasado y fue en dos sentidos.



Al respecto, Fonatur dijo que “dentro de ese expediente, con fecha 15 de enero de 2020, se publicó el acuerdo de fecha 14 del mismo mes y año, por medio del cual se NIEGA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL solicitada por la persona física antes referida”.

La solicitud de amparo fue promovida el seis de enero pasado por comunidades indígenas del pueblo Maya Peninsular y Ch’ol, asentadas en Xpujil y Calakmul, en Campeche, para reclamar la probable violación a sus derechos humanos por parte del gobierno mexicano, mediante la Consulta Indígena y el Ejercicio Participativo celebrados a finales del 2019, lo que incluyó asambleas informativas y consultivas.


Los demandantes señalan que la Consulta Indígena fue una “simulación” que incumplió el mandato del Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la cual México es firmante y establece que las consultas deben ser libres, previas, informadas y culturalmente adecuadas.

Entre los argumentos que dieron a la juez, para fundamentar los agravios, está que no recibieron información detallada, con antelación suficiente, ni se respetó su derecho a la participación, pues la estructura de las Asambleas Informativas fue diseñada e implementada de manera unilateral, por el propio gobierno, sin incorporar a los pueblos originarios.

Tampoco se respetaron las formas de organización y toma de decisiones de la comunidad y la realización del megaproyecto se anunció como un hecho desde finales del 2018, sin que mediara una consulta.

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