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Suprema Corte falló contra Ricardo Salinas Pliego y Elba Esther Gordillo por deudas fiscales firmes de más de 664 millones: Rechazó revisar amparo por ISR de la exlíder del SNTE y Total Play quedó obligado a pagar 645.7 millones

En una misma sesión, la SCJN cerró dos litigios fiscales relevantes: rechazó revisar el amparo de Elba Esther Gordillo y dejó firme el desistimiento de Total Play, empresa de Grupo Salinas.

Suprema Corte falló contra Ricardo Salinas Pliego y Elba Esther Gordillo por deudas fiscales firmes de más de 664 millones: Rechazó revisar amparo por ISR de la exlíder del SNTE y Total Play quedó obligado a pagar 645.7 millones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó decisiones que dejan firmes dos adeudos fiscales relevantes en México: el de la exdirigente del SNTE, Elba Esther Gordillo, y el de la empresa Total Play Telecomunicaciones, vinculada al empresario Ricardo Salinas Pliego.

De acuerdo con información de El Universal y con lo expuesto en la sesión pública del máximo tribunal, la Corte determinó no revisar el amparo promovido por Gordillo por 19.2 millones de pesos de ISR y, en el mismo encuentro, se confirmó el desistimiento de Total Play en un juicio contra un crédito fiscal por 645.7 millones de pesos.

Ambas resoluciones tienen un punto en común: los adeudos quedan firmes y ya no seguirán su revisión en la Suprema Corte, lo que marca el cierre de dos litigios fiscales que llevaban años en tribunales.

¿Qué resolvió la SCJN en el caso de Elba Esther Gordillo?

La Corte decidió no analizar el amparo promovido por la exlíder sindical contra el pago de 19.2 millones de pesos de Impuesto sobre la Renta correspondiente a 2008 y 2009.

Durante la sesión, el pleno determinó que el asunto no presentaba temas de constitucionalidad por resolver.

El argumento de Gordillo era que ciertos gastos se realizaron en el ejercicio de su cargo sindical, pero no logró acreditarlo con documentación.

De qué acusaron fiscalmente a Elba Esther Gordillo y qué ha pasado después: el SAT consideró ingresos depósitos y gastos sin comprobar y la negativa de la SCJN deja firme la deuda de 19.2 millones de pesos. Foto: Especial (AP/ArchivoGH)

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Antes de llegar a la SCJN, el caso pasó por:

  • el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA),
  • instancias judiciales de amparo,
  • y finalmente la Corte.

En todas ellas se avaló que la autoridad fiscal podía considerar como ingresos los depósitos en cuentas bancarias, pagos a tarjetas y servicios a su nombre que no fueron comprobados como gastos institucionales.

Al no atraer el asunto, la Corte dejó firme la obligación de pago.

¿Qué pasó con el caso de Total Play y el crédito fiscal millonario?

En la misma sesión, la ministra Lenia Batres informó que la empresa Total Play Telecomunicaciones, S.A. de C.V. ratificó el desistimiento del amparo con el que impugnaba un crédito fiscal por 645.7 millones de pesos.

Este crédito había sido determinado por la autoridad fiscal y estaba en litigio.

Al desistirse del amparo:

  • La empresa renuncia a continuar el juicio,
  • Se confirma la sentencia previa,
  • Y el adeudo queda firme y exigible.

Total Play forma parte de Grupo Salinas, conglomerado empresarial del que es accionista el empresario Ricardo Salinas Pliego.

Con el desistimiento ratificado ante la Corte, el caso ya no continuará en esa instancia.

Lenia Batres informó que la empresa Total Play Telecomunicaciones, S.A. de C.V. ratificó el desistimiento del amparo con el que impugnaba un crédito fiscal por 645.7 millones de pesos.

¿Qué significa que los adeudos queden “firmes”?

En ambos casos, el término implica que:

  • Ya no habrá revisión en la Suprema Corte,
  • Se mantiene la sentencia previa,
  • Y la obligación fiscal continúa vigente.

No significa necesariamente que el pago se realice de inmediato en ese momento, pero sí que el litigio en la Corte se cierra y la resolución que obliga al pago permanece válida.

¿Por qué estos casos son relevantes?

Las decisiones de la SCJN muestran cómo se resuelven los litigios fiscales cuando:

  • Un amparo no presenta temas constitucionales, o
  • Una empresa decide desistirse de su defensa.

También confirman el criterio de que los tribunales pueden considerar ingresos los depósitos o pagos a nombre de una persona o empresa si no se acredita su origen o destino con documentación.

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El hecho de que ambos casos se resolvieran en la misma sesión permite observar el cierre de dos procesos fiscales distintos —uno de carácter personal y otro empresarial— que terminan con adeudos firmes tras años de litigio en tribunales administrativos y judiciales.

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