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El Imparcial / Mexicali / SCJN

Someter el ejercicio penal a la consulta pública es inconstitucional: abogado

El catedrático en leyes de la UABC, expresó que esta acción aplica para cualquier persona, ya sea un ex presidente o un civil.

El someter el ejercicio penal a la consulta pública es inconstitucional, indicó el abogado Cuauhtémoc Castilla, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Baja California.

Lo anterior fue expresado después que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarará constitucional la consulta de López Obrador para poder juzgar a los expresidentes.

El abogado Castilla señaló que desde su perspectiva, el ser oído y vencido es un derecho humano, por lo que la justicia no se puede someter a la opinión popular, sino no sería justicia.

“El derecho penal es creado para que sea posible la vida en grupo, entonces si se genera dicha acción, tendría que cambiarse el nombre a derecho sancionador o derecho colectivo sancionador por decir algo”

“Ya que el principio del derecho penal es castigar y sancionar a los infractores de la ley, sea quienes sean, pues hay algo llamado principio de igualdad jurídica donde todos somos iguales ante la ley”.

“Por lo que si hay una persona que cometió un delito, debe investigarse y en dado caso de que existan pruebas suficientes que hagan presumible su probable participación en el hecho, pues deberá someterse a un juez de control, quien determinará si se vincula a proceso”, expresó.

Ex presidentes

El catedrático de la universidad, comentó que al dar su opinión en el caso del juicio a ex presidentes, por ley primero deberán someterse a investigación, pues así es como se debe llevar el ejercicio penal.

“Yo no estoy diciendo que no se deben investigar a los ex presidentes, si no que el hecho de la investigación no debe de someterse a una consulta pública, es algo de se investiga o no”.

“Pues en eso se basa toda la teoría del delito, así que reitero que lo que hizo la Suprema Corte de Justicia, fue inconstitucional”, mencionó.

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